Santiago de Querétaro, Qro., 19 de mayo de 2022. En Sesión de Pleno, los diputados de la LX Legislatura del estado de Querétaro, aprobaron el Dictamen de la “Iniciativa de Ley que expide la Ley de Agua del Estado de Querétaro y deroga diversas disposiciones del Código Urbano del Estado de Querétaro”, la “Iniciativa de Ley que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Urbano del Estado de Querétaro”, y la “Iniciativa de Ley de Aguas del Estado de Querétaro e Iniciativa de Ley que Deroga Diversas Disposiciones del Código Urbano del Estado de Querétaro”, presentado por la Comisión de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Comunicaciones.

 

Esta Ley es de orden público e interés social y tiene por objeto regular en el Estado de Querétaro:

  1. La prestación de los servicios públicos de agua potable, potabilización, drenaje, alcantarillado, saneamiento, tratamiento y disposición de las aguas residuales, incluyendo la recirculación y reutilización de dichas aguas, mecanismos para su distribución y porteo; y
  2. La planificación y programación hídrica de aguas e infraestructura.

 

Los objetivos de esta Ley son:

  1. Regular la prestación de los servicios públicos de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales y su infraestructura de jurisdicción estatal, así como su administración y conservación, en los términos de las disposiciones aplicables;
  2. Promover la coordinación entre los órdenes de gobierno federal, estatal y municipal y de concertación con los sectores social y privado, en materia de planeación y gestión de los recursos hídricos y de los servicios relacionados con los mismos, de conformidad con las disposiciones aplicables;

III.  Fomentar la participación ciudadana en la cultura del agua; y

  1. Consolidar el establecimiento y operación del Sistema Estatal del Agua.

 

 

Segunda Sesión de Pleno de la LX Legislatura 

 

En la segunda Sesión Ordinaria del Pleno de los diputados integrantes de la LX Legislatura, se aprobó el Dictamen de la “Iniciativa de Ley que reforma el artículo 7, fracción XXX de la Ley del Instituto Queretano de las Mujeres”, con el objetivo de promover la realización de estudios, diagnósticos o instrumentos para el reconocimiento, goce y ejercicio de los Derechos Humanos de las mujeres en materia de higiene menstrual, salud reproductiva y materno infantil, promoviendo entre actores estratégicos la compatibilización de la vida laboral, familiar y el empoderamiento económico.

 

Toda vez que en ninguna de las leyes que rigen el asunto de equidad en el Estado, se  menciona la palabra higiene, menstruación o higiene menstrual, considerándose que se encuentra implícita dentro de la palabra educación sexual, salud sexual o en materia de derechos reproductivos; sin embargo, se debe considerar tratar este tipo de información dentro de los programas de primaria y secundaria, cuando se da la primera menstruación de las niñas y adolescentes con el objetivo de que tengan pleno conocimiento de tal situación y el acceso a una higiene menstrual adecuada. 

 

En otro punto del orden del día se aprobó el Dictamen de la “Iniciativa de Ley que reforma la fracción XIII y adiciona la fracción XIV del artículo 11 de la Ley del Deporte del Estado de Querétaro”, con el objetivo fomentar que la activación física, la cultura física y el deporte tenga como finalidad la preservación de la salud, prevención de enfermedades, de las adicciones, del consumo de sustancias psicoactivas y del delito, además de homologar la Ley del Deporte del Estado de Querétaro con lo establecido en la Ley General de Cultura Física y Deporte, mejorando la calidad de vida de las personas a través de un marco legal que contribuya a generar condiciones adecuadas para el pleno disfrute de sus derechos a la cultura física y a la práctica del deporte, poniendo mayor énfasis en las niñas, niños y adolescentes.

 

Por lo que se propone procurar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres para participar en actividades deportivas independiente de la edad, capacidades físicas e intelectuales, preferencias sexuales, condición étnica-racial, económica, social o estado civil; fomentar el desarrollo de la activación física, la cultura física y el deporte, como medio importante en la preservación de la salud, así como en la prevención de enfermedades, adicciones, consumo de sustancias psicoactivas y delitos.

 

Así mismo, se aprobó el Dictamen de la “Iniciativa de Decreto que reforma el Artículo Tercero del Decreto que crea la “Medalla de Honor Junípero Serra” del Poder Legislativo del Estado de Querétaro”, la cual se creó para reconocer a las personas que se distinguen con sus acciones en particular, por su solidaridad social, por su labor profesional, en el fortalecimiento de las instituciones, arte y cultura democrática, cívica y política y en su servicio a la entidad.

 

Actualmente esta medalla se otorga por una sola ocasión cada ejercicio constitucional de una legislatura, esto es, una vez cada tres años, por lo que, con el objeto de enaltecer las conductas dignas de reconocimiento de personas, se considera apropiado aumentar el número de acreedores de la presea en el desempeño de cada Legislatura, pasando de una persona en tres años, a una persona cada año, para que con ello la condecoración incentive a más personas a mejorar su conducta o a imitar la del acreedor anterior.

 

Los legisladores aprobaron el Dictamen de la “Iniciativa de Acuerdo por el que la Sexagésima Legislatura del Estado de Querétaro, exhorta a la Secretaría de Educación del Estado de Querétaro y la Unidad de Servicios para la Educación Básica del Estado de Querétaro, para que se verifique que las Instituciones Educativas son incluyentes con las personas con discapacidad”, toda vez que el artículo 51 de esta ley, hace referencia a que la educación media superior y superior, garantizarán la accesibilidad de las personas con discapacidad a sus planes y programas de trabajo, proporcionando las ayudas técnicas oportunas, así como la eliminación de las barreras arquitectónicas que impidan su libre acceso dentro de las instalaciones de centros educativos.

 

En ese sentido, es que esta Legislatura considera necesario hacer el llamado a las autoridades competentes a efecto de que se cumpla con estas obligaciones, brindando así mayores oportunidades a las personas con discapacidad, especialmente a niñas, niños y adolescentes que están en etapa educativa.

 

Por último, se aprobó el Dictamen de la “Iniciativa de Acuerdo por el que la Sexagésima Legislatura del Estado de Querétaro exhorta a los H. Ayuntamientos del Estado, para que en el marco de su competencia constituyan la Comisión de Turismo”, ya que esta actividad se realiza de manera activa entre todos los sectores de la sociedad, por tanto, es que su adecuado desarrollo no puede alcanzarse mediante acciones aisladas, sino que se requiere de acciones coordinadas de los distintos ámbitos de gobierno, que permitan mayor eficacia; particularmente al ser la actividad turística uno de los principales motores de la economía del país, capaz de impulsar el desarrollo social, mediante la mejora de las condiciones de vida de las personas que dependen directa o indirectamente de este sector.

 

En el estado, diversos municipios ya cuentan con una Comisión de Turismo y, es por ello que para esta Legislatura es importante que aquellos Ayuntamientos que no cuenten con ella, tengan a bien integrarla dentro de su planes de trabajo, a fin de que en colaboración con todos los ámbitos gubernamentales, participen activamente en la recuperación integral de tan importante sector que tiene un enorme peso para el desarrollo regional, debido a que crea empleos y toda vez que dónde se genera un desarrollo turístico, el trabajo de muchas personas es necesario. 

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