Con el objetivo de que los proyectos de decretos que no han sido publicados y las Iniciativas de Ley pendientes de resolver tengan una conclusión, y a fin de que las Legislaturas entrantes no reciban asuntos rezagados, la diputada por el Partido Querétaro Independiente, Connie Herrera, presentó una Iniciativa que reforma el Artículo 41 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, relativos al proceso legislativo.

 

La legisladora considera que “a la fecha no existe un procedimiento relacionado con el retiro de un proyecto aprobado por el Pleno de la Legislatura, además de que la culminación del proceso legislativo resulta inconveniente y en ocasiones perjudicial al interés público, contrario al marco jurídico o desfasado para los efectos que fueron aprobados”.

 

Indicó que “el objetivo de crear la figura de retiro de proyecto a publicación significa la interrupción del proceso legislativo, mediante la interrupción definitiva del proceso de promulgación y publicación que corresponde a otro poder público, que es el Poder Ejecutivo del Estado”, Además de que al final de cada Legislatura se podrá decidir si los asuntos rezagados puedan causar baja administrativa.

 

Por lo que propone que los dictámenes aprobados por las Comisiones, así como los proyectos de ley o decreto que hubieran sido devueltos con observaciones por el Poder Ejecutivo y no hayan sido del conocimiento del Pleno, quedarán a disposición de la Mesa Directiva entrante para continuar con su trámite legislativo o determinar su baja administrativa.

 

Asimismo, las iniciativas pendientes de dictamen o resolución por parte del Pleno al término de la Legislatura; podrán ser dadas de baja por desistimiento de sus autores o bien por acuerdo de la Mesa Directiva saliente.

 

Por otra parte, cuando la Mesa Directiva saliente no realice la baja de las iniciativas pendientes de dictamen o resolución por el Pleno de la Legislatura, corresponderá a la Mesa Directiva entrante, acordar su baja administrativa inmediata o su reasignación a los nuevos órganos legislativos, acordando los trámites que estime convenientes.

 

La diputada por el Partido Querétaro Independiente propone además, adicionar el Artículo 41 BIS, que a la letra dice “Aprobado un proyecto en sentido afirmativo por el Pleno de la Legislatura, independientemente del proceso indicado para observaciones, podrá ser retirado para su publicación, esto es la interrupción del proceso de promulgación y publicación.

 

El retiro de proyecto a publicación debe atender a la inconveniencia de continuar con el proceso legislativo, por contravenir disposiciones aprobadas por el Congreso de la Unión, inviabilidad jurídica o presupuestal, incongruencia en el orden de publicaciones, o cuando el Pleno de la Legislatura así lo apruebe.

 

La propuesta se presentará a manera de dictamen por parte de la Mesa Directiva, aprobada en su caso la propuesta de retiro del proyecto a publicación, deberá comunicarse por escrito al Poder Ejecutivo del Estado, informando del asunto; la Secretaría de Servicios Parlamentarios archivará el asunto como totalmente concluido.

 

La aprobación de retiro del proyecto para publicación deberá ser sujeto al mismo tipo de votación que le dio origen.”

 

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