En sesión de la Comisión de Puntos Constitucionales de la LIX Legislatura, con la asistencia de los diputados Tania Palacios Kuri, Antonio Zapata Guerrero y Hugo Cabrera Ruiz, presidenta, secretario e integrante, respectivamente, se dio cuenta de las consideraciones de los ayuntamientos de Colón y Tequisquiapan con relación al Dictamen de la Iniciativa de Ley que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado, en materia de Parlamento Abierto, Gobierno Abierto y Justicia Abierta.

La diputada Tania Palacios, presidenta de la Comisión, informó que entre el 29 y 30 de mayo del presente, quedaron debidamente notificados los 18 ayuntamientos de Querétaro respecto a este dictamen de reformas constitucionales, en términos de lo dispuesto por la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado, la cual establece que una vez notificados, estos tendrán cinco días para hacer llegar sus consideraciones, que serán analizadas por la Comisión para, en su caso, replantear el contenido del dictamen.

En ese sentido, la legisladora comunicó que hasta este momento se han recibido oficios por parte de los ayuntamientos de Colón y Tequisquiapan, en los que manifiestan no tener observaciones al citado dictamen. Mientras que el resto de los municipios, dijo, al no enviar comentarios, se entiende que están de acuerdo con el mismo y se podrá seguir el proceso legislativo de reforma constitucional.

Por su parte, el diputado Antonio Zapata, secretario de Comisión, al dar lectura a los puntos resolutivos del Dictamen, recordó que se reforma el tercer párrafo del artículo 13 y el tercer párrafo del artículo 35 de la Constitución Política del Estado de Querétaro, detallando que el artículo 13 establece que:

“Los Poderes reconocidos por esta Constitución, en su conjunto, conforman al Gobierno del Estado y deberán regirse bajo los principios de Parlamento Abierto, Gobierno Abierto y Justicia Abierta, respectivamente, orientando su actuación a la transparencia y a la participación ciudadana en los términos de la legislación respectiva vigente, con la intención de garantizar el derecho a la buena administración”.

En cuanto al Artículo 35, el legislador indicó que en él se señala que “Los ayuntamientos se regirán por el principio de Gobierno Abierto, en términos de las disposiciones aplicables y se renovarán en su totalidad cada tres años y los miembros que lo integren protestarán el cargo al entrar en funciones el primero de octubre del año de su elección”.

 

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