Santiago de Querétaro, Qro., 10 de junio de 2022.- El diputado por Morena, Armando Sinecio Leyva, acompañado de representantes de diferentes asociaciones sociales, presentó “Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Salud, la ley de Salud Mental, la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y el Código Penal, todas del Estado de Querétaro, en materia de terapias para reprimir el libre desarrollo de la personalidad respecto a la orientación sexual o identidad de género”.

 

El legislador indicó que “esta es la primera vez que se presenta una iniciativa que trate este tema en el Estado, lo cual supone un gran avance en materia de derechos humanos, específicamente con el objeto de prevenir y erradicar la discriminación, defender el interés superior de la niñez y proteger el libre desarrollo de la personalidad”.

 

En este sentido, dicha iniciativa define a los tratamientos, terapias o esfuerzos, aquellas prácticas consistentes en sesiones psicológicas, psiquiátricas, métodos o tratamientos que tenga por objeto anular, obstaculizar, reprimir o menoscabar la expresión o identidad de género, así como la orientación sexual de la persona, en las que se emplea violencia física, moral o psicoemocional, mediante tratos crueles, inhumanos o degradantes que atenten contra la dignidad humana.

 

Los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género, conocidos como ECOSIG, tienen la idea de que la orientación sexual distinta a la heterosexual es una patología o práctica inmoral que debe ser corregida. En estos lugares, dónde llevan a cabo estas prácticas, se cometen todo tipo de atropellos que van desde la violencia emocional y psicológica hasta el maltrato, lesiones y abuso sexual.

 

Por lo que en esta iniciativa se propone que, a quien imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamientos, terapias, servicio o práctica para reprimir el libre desarrollo de la personalidad respecto a la orientación sexual o identidad y expresión de género se le impondrán de tres a seis años de prisión, una multa de 500 a 2000 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización y de cincuenta a cien horas de trabajo en favor de la comunidad.

 

Si estas prácticas se hicieran en un menor de edad o persona que no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o persona que no tenga la capacidad de resistir la conducta, la pena se aumentará en una mitad.

 

Por otra parte, se propone que, quien se valga de su función pública para cometer el delito, además de las sanciones señaladas, se castigará con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo o comisión o cualquiera otro de carácter público o similar, hasta por un tiempo igual a la pena impuesta. En caso de reincidencia, la inhabilitación será definitiva.

 

Asimismo, al profesional, técnico o auxiliar de las disciplinas para la salud y, en general, a toda persona relacionada con la práctica médica que promueva, imparta, aplique, obligue o financie el tratamiento, terapia o cualquier tipo de servicio o práctica no quirúrgica con el objetivo de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o reprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona; se sancionará con la suspensión en el ejercicio profesional de acuerdo con lo establecido en la Ley de Salud del Estado.

 

Dicha iniciativa, además es firmada por los diputados por Morena Yasmin Albellán Hernández y Christian Orihuela Gómez; y por el diputado del PRI, Paul Ospital Carrera.

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