Santiago de Querétaro, Qro., 29 de noviembre de 2021.- Con el propósito de establecer acciones reales que permitan al estado, a través de sus concesionarios dar un servicio con tarifas justas para el bien de los usuarios, el diputado Christian Orihuela Gómez presentó en Oficialía de Partes del Poder Legislativo, Iniciativa que reforma a la Ley de Servicios Auxiliares del Transporte Público del Estado, que regula el servicio público de transporte de arrastre, salvamento, depósito y guarda de vehículos en el estado.

 

En legislador precisó que “el tema de arrastre mediante grúas y corralones ha sido un tema que poco se ha tratado de regular en el estado, situación que ha permitido el abuso por parte de los operadores y en ocasiones de los propios concesionarios”.

 

Orihuela Gómez consideró que no se pueden seguir permitiendo situaciones de abuso ocultas en un servicio concesionado a particulares que ven la posibilidad de lucrar de manera excesiva con alevosía y ventaja sobre el usuario que obligadamente tiene que soportar estas injusticias para recuperar parte de su patrimonio.

 

“No podemos permitir que los usuarios después de sufrir algún percance con su vehículo tengan además que cubrir sumas exorbitantes para poderlos recuperar, siendo en ocasiones mayor el pago del corralón que el valor comercial de este”, precisó el legislador.

 

Mencionó que “la mayoría de las veces las grúas cobran en su tarifa desde el momento que salen de su concesionaria hasta el lugar del percance, servicio por el que llegan a cobrar hasta 15 mil pesos”. El Instituto Queretano del transporte establece que en 2021 se han recibido y atendido 25 quejas por parte debido a los cobros excesivos.

 

Entre las reformas, se propone que sea el Instituto Queretano del Transporte quien se encargue de todas las atribuciones respecto al tema, y no la Secretaría de Gobierno, como actualmente lo marca la ley.

 

Asimismo, se plantea el pago por servicio de la siguiente manera: salvamento, 4 UMAS, que equivale a 358 pesos; arrastre 7 UMAS, equivalente a 627 pesos; y depósito y guarda, 10 UMAS, equivalente a 896 pesos.

 

Además, se determina equipar con un odómetro externo a la grúa previamente verificada por el Instituto, la cual indicará la tarifa a cobrar; de no contar con dicho instrumento, deberá de abstenerse de prestar el servicio;  así como rotular todas las grúas utilizadas para las operaciones de salvamento y arrastre de vehículos que permitan identificar a simple vista el concesionario propietario y su número económico para seguridad del usuario, control del Instituto y verificación de las autoridades Estales y Municipales de las corporaciones policiacas y de tránsito.

 

Por otra parte, se proyecta que se impongan multas de 80 a 400 UMAS, al concesionario que omita o utilice inadecuadamente los formatos que el Instituto establezca para prestar los servicios que regula la ley o utilizar formatos distintos a los autorizados.

 

Por último, el diputado Christian Orihuela indicó que se propondrá la cancelación de las concesiones que tenga cinco quejas procedentes.

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