Santiago de Querétaro, Qro., 10 de junio de 2021.  En Sesión de Pleno de la LIX Legislatura de Querétaro, los legisladores locales aprobaron el Dictamen de la Comisión de Desarrollo Social, Grupos Vulnerables y Vivienda, relativo a la Iniciativa de Ley que reforma y adiciona la fracción IX del artículo 12; reforma y adiciona el Capítulo Décimo y el antepenúltimo párrafo del artículo 46 de la Ley de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado, a fin de garantizar el goce de una alimentación nutritiva, sana y suficiente; así como la Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley de Salud, la Ley de Educación y la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes de Querétaro para prevenir la obesidad y sobrepeso en ese sector de la población.

 

El propósito de estas reformas es coadyuvar a resolver los graves problemas de salud que implican para la infancia el consumo de bebidas azucaradas y alimentos envasados de alto contenido calórico, ya que causan obesidad infantil, sobrepeso, diabetes y otras enfermedades, que merman considerablemente la calidad de vida e incluso ocasionan la muerte. Los legisladores consideran que no se ha garantizado la disminución del consumo de estos productos en ese sector poblacional y por el contrario sigue en aumento, por tal razón es necesario que se adopten todas las medidas posibles para evitar su consumo e ingesta.

 

En otro asunto, fue aprobado el Dictamen Presentado por la Comisión de Medio Ambiente, referente a la Iniciativa de Ley que reforma el artículo 37 de la Ley de Protección Animal del Estado de Querétaro, ya que si bien esta refiere a aquellas conductas que se consideran crueles o de maltrato hacia los animales -en las que destacan el practicarles otras mutilaciones que no sean las motivadas por exigencias funcionales o de salud y en general todas aquellas que produzcan tensión, sufrimiento, traumatismo o dolor innecesarios-, es preciso adecuar la norma y ser más puntual a ese respecto.

 

Con esta reforma se busca describir los tipos de conductas que encuadran en esos supuestos, para considerar la mutilación de extremidades, entendidas estas como orejas o cola, con el fin de modificar la apariencia del animal, así como la extirpación de uñas o dientes, con las excepciones que se consideren en beneficio del animal.

 

Para concluir, fue aprobado el Dictamen presentado por la Comisión de Movilidad Sustentable y Tránsito, concerniente a la Iniciativa de Acuerdo por el que la LIX Legislatura de Querétaro exhorta respetuosamente al titular del Instituto Queretano del Transporte a efecto de que, en el ámbito de su competencia, se coordine con las autoridades tanto estatales como municipales y se implemente un programa de inspecciones, a fin de combatir los taxis que operan sin concesión y así dar certeza jurídica a los prestadores del servicio público de taxi que operan dentro del marco legal aplicable en la entidad.

 

La intención del presente exhorto es que se establezcan y se apliquen políticas públicas encaminadas a adecuar un programa en el ámbito de la ley y combatir los taxis que operan de manera irregular, los cuales generan inseguridad y alteran el orden público.  A su vez, se busca reconocer el esfuerzo y sacrificio de los trabajadores de taxi que de manera legal se encuentran dados de alta y cuentan con una concesión realmente otorgada por las autoridades competentes.

 

1 (1) 2 (1) 3 (1)