Sesión de Pleno de la LIX Legislatura del Estado. En Sesión de Pleno, el presidente de la Mesa Directiva, diputado Luis Antonio Zapata Guerrero, a nombre de los diputados integrantes de la LIX Legislatura, manifestó su agradecimiento a todas las instituciones y a la sociedad civil, que de alguna manera han contribuido en la contingencia de los incendios forestales que aquejan a la Sierra Gorda queretana. Y reconoció especialmente el valor y arrojo de quienes están trabajando directamente en el lugar anteponiendo su férrea voluntad a los riesgos que conllevan. Como primer punto del orden del día, la Legislatura local se erigió como Constituyente Permanente para aprobar el Dictamen de la Minuta Proyecto de Decreto, por el que se reforman los artículos 2°, 4°, 35, 41, 52, 53, 56, 94 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de paridad de género, presentada por la Comisión de Puntos Constitucionales, compartiendo los motivos que impulsaron a la Cámara de Diputados federal, a aprobar este dictamen, expuesto conforme al expediente remitido. El proyecto de decreto plasma que la paridad de género tiene como finalidad lograr la representación descriptiva y simbólica de las mujeres en los órganos de decisión en los que se determina el rumbo que debe tomar el país. El objetivo de la paridad es reflejar en los órganos democráticos y de toma de decisiones la composición de la población, lo que debe cumplirse dentro de todas aquellas instituciones públicas en las que se tomen decisiones. Los considerandos de decreto presentan que al día de hoy, sólo han sido electas 8 mujeres gobernadoras, gabinetes de las entidades federativas sólo se encuentran integrados por un 15% de mujeres, la conformación de las legislaturas estatales cuenta sólo con un 28% de mujeres entre sus integrantes y en los ayuntamientos sólo el 12% está conformado por alcaldesas. En cuanto al Poder Judicial de la Federación, en el caso del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, las mujeres representan el 18%, en la Sala Superior del Tribunal Electoral, el porcentaje de mujeres magistradas corresponde al 28%, mientras que en el Consejo de la Judicatura Federal, las consejeras suman el 28.5% del total de su integración. Además, el documento indica que México no ha logrado que los pueblos y comunidades indígenas participen por igual, ya que de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), 25.7 millones de personas se auto reconocen como indígenas, lo que representa el 21.5% de la población total; sin embargo, en la Cámara de Diputados se encuentran como representantes 13 personas indígenas, el equivalente al 2% del total de legisladoras y legisladores. 21. Que respecto a las mujeres indígenas, esta brecha aumenta debido a los usos y costumbres de cada entidad. Posteriormente, esta Legislatura erigida como Constituyente permanente, aprobó el Dictamen del Proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de los artículos 3, 31 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia educativa, presentado por la Comisión de Puntos Constitucionales, compartiendo los motivos que impulsaron a la Cámara de Senadores a aprobar la Minuta Proyecto de Decreto objeto de este voto, expuesto conforme al expediente remitido a esta representación popular. El documento indica que esta reforma obedeció a un propósito específico, quedando claro que dichas modificaciones han sido orientadas, desde diferentes enfoques y propósitos, por una búsqueda de mejora constante y por el anhelo de materializar el reconocimiento y ejercicio del derecho a la educación de las personas. Este proyecto justifica que en el caso de la reforma educativa del año 2013, avanzó en hacer explícita la obligación del Estado de ofrecer una educación sustentada en los principios de calidad y equidad, cambio sustantivo que quiso hacer exigibles ambos preceptos al convertirlos en cualidades inherentes del derecho a la educación reconocido en la Carta Magna. Esa misma reforma reivindicó la rectoría del estado en materia educativa y afianzó la creación del Sistema Nacional de Evaluación y del Servicio Profesional Docente, prescribiendo el mérito como principio rector para el ingreso y el desarrollo de la carrera docente. Estos principios fueron aparejados con procedimientos para evitar la discrecionalidad en el ingreso y la promoción de las y los maestros y, así, evitar su uso político y clientelar. Además, la reforma constitucional de 2013 incluyó la obligación de sistematizar la información del SEN, con el propósito de que ésta se convirtiera en un insumo para el diseño de una política educativa equitativa, incluyente y de calidad. Como ocurre en cualquier sistema democrático, la puesta en marcha de dicha reforma atravesó por múltiples cuestionamientos, los que con el paso del tiempo fueron revelándose, en algunos casos, como claras imperfecciones y, en otros, como francas resistencias al cambio de paradigma. El presente Decreto indica que, a seis años de distancia de ese proyecto y con el arribo de nuevo gobierno electo, se ha abierto una nueva oportunidad para poner el derecho a la educación al centro de la discusión pública. Primero, a partir de los múltiples instrumentos presentados por legisladores de diversos partidos en las cámaras y, sobre todo, a partir de la iniciativa que en diciembre pasado envió el presidente de la República al Congreso mexicano, que atiende su promesa de revisitar la Constitución en materia educativa.