En Sesión de Pleno de la LVIII Legislatura del Estado, los diputados aprobaron el Dictamen de la Iniciativa de Ley que Fija las Bases, Montos y Plazos conforme a los cuales se distribuirán las participaciones federales correspondientes a los Municipios del Estado de Querétaro, para el ejercicio fiscal 2017; presentado por la Comisión de Planeación y Presupuesto. La presente Ley tiene por objeto establecer las bases, porcentajes y plazos, bajo los cuales se cubrirán a los municipios del Estado de Querétaro, las participaciones federales que les correspondan en el Ejercicio Fiscal 2017. Se distribuirá entre los municipios del Estado de Querétaro el 22.50% de las participaciones federales que corresponden al Estado, provenientes del Fondo General de Participaciones, del Fondo de Fiscalización, del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, en términos de la Ley de Coordinación Fiscal, así como del Impuesto sobre la Venta de Bienes, cuya enajenación se encuentra gravada por la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios que se refiere la Ley de Hacienda del Estado; y el 100% (cien por ciento) del Fondo de Fomento Municipal que perciba el Estado de Querétaro, en el ejercicio fiscal 2017.

En otro punto, aprobaron el Dictamen de la Iniciativa de Ley de Ingresos del Estado de Querétaro para el ejercicio fiscal 2017; presentado por la Comisión de Planeación y Presupuesto. Se estima que los ingresos del estado crecerán un 6.9% con respecto a la Ley de Ingresos del estado de Querétaro del ejercicio inmediato anterior; este comportamiento se debe al crecimiento de los ingresos propios en 14.9%, las Participaciones Federales en 12.9%, así como al de las Aportaciones Federales en 6.6%. Cabe mencionar que la proporción que representan los ingresos propios en comparación con los ingresos totales crece, se ubica para el ejercicio 2017 en 14.5%, mientras que para el ejercicio anterior representaba el 13.5%. No obstante lo anterior, es importante resaltar, que, como resultado de las medidas de austeridad asumidas por la Federación, la Ley de Ingresos del Estado de Querétaro se ve afectada por la disminución de las Transferencias Federales en 12.8% con respecto a la Ley de Ingresos del periodo anterior, misma que representa 594.4 millones de pesos.

Acto seguido, los legisladores aprobaron el Dictamen de la Iniciativa de Presupuesto de Egresos del Estado de Querétaro para el ejercicio fiscal 2017; presentado por la Comisión de Planeación y Presupuesto. El monto del Presupuesto del Estado de Querétaro para el Ejercicio Fiscal 2017, es de $31,010,709,856 (Treinta y un mil diez millones setecientos nueve mil ochocientos cincuenta y seis pesos 00/100 M.N.), que se distribuye de la siguiente forma:

CONCEPTO

MONTO

PRESUPUESTO DEL ESTADO

31,010,709,856

Transferencias a Municipios

5,163,461,025

Transferencias al Poder Legislativo

283,206,860

Transferencias al Poder Judicial

759,290,536

Transferencias a Organismos Autónomos y Tribunales Administrativos

978,374,173

Presupuesto del Poder Ejecutivo y Organismos Públicos Descentralizados

23,826,377,262

El presente Presupuesto del Poder Ejecutivo y Organismos Públicos Descentralizados, se clasifica en los conceptos globales de Gasto Social y Gasto Administrativo, de la siguiente manera:

23,826,377,262

Gasto Social

22,182,655,493

Gasto Administrativo

1,643,721,769

De igual manera, aprobaron en lo general, y en lo particular las reservas formuladas, el Dictamen de la Iniciativa de Ley que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley para el Manejo de los Recursos Públicos del Estado de Querétaro, de la Ley de Hacienda del Estado de Querétaro, del Código Fiscal del Estado de Querétaro, de la Ley del Factor de Cálculo del Estado de Querétaro, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Querétaro, de la Ley de Obra Pública del Estado de Querétaro, de la Ley de la Administración Pública Paraestatal del Estado de Querétaro, de la Ley de Mejora Regulatoria del Estado de Querétaro, del Código Urbano del Estado de Querétaro y de la Ley de los Trabajadores del Estado de Querétaro; presentado por la Comisión de Planeación y Presupuesto. Con las presentes reformas se consolidan las bases para el robustecimiento de los ingresos públicos del estado, permitiéndole así cumplir sus más importantes funciones: redistribuir la riqueza a través del gasto público e impulsar un desarrollo económico y social, justo y equitativo, en beneficio de todos los sectores de la sociedad queretana, especialmente de aquellos quienes por su situación de vulnerabilidad más apoyo requieren.

La reserva aprobada en lo particular, formulada por el diputado José González Ruiz, fue en el sentido de eliminar del dictamen la adición de un tercer párrafo al artículo 104 de la Ley para el Manejo de los Recursos Públicos del Estado de Querétaro. Mientras que otra reserva fue formulada por el diputado Eric Salas González, específicamente en lo relativo a la Ley de Hacienda del estado de Querétaro, a efecto de que considere la redacción del 138 bis para quedar con el siguiente texto: “por la expedición de constancia e información relativo al registro de agentes y empresas inmobiliarias del estado Querétaro, se causará y pagará un derecho equivalente a un UMA”; reserva que también quedó aprobada.

Luego de ello, los legisladores aprobaron la moción suspensiva propuesta por el diputado Eric Salas, respecto del Dictamen de la Iniciativa de Ley que crea la Ley de Fomento al Primer Empleo para el Estado de Querétaro, para que sea regresado a la Comisión de Planeación y Presupuesto, a fin de que su contenido sea replanteado, toda vez que existe interés por parte de algunos diputados autores de la iniciativa, de que sea así. El diputado Carlos Lázaro Sánchez Tapia externó su apoyo y coincidencia con la propuesta del diputado Salas.

Los diputados igualmente aprobaron en lo general, los Dictámenes de las Iniciativas de Leyes de Ingresos de los 18 municipios del Estado de Querétaro correspondiente al año fiscal 2017, presentados por la Comisión de Planeación y Presupuesto. Mientras que, en la discusión en lo particular, el diputado Carlos Lázaro Sánchez Tapia presentó diversas reservas a las Leyes de Ingresos de los municipios de Arroyo Seco, Jalpan de Serra, Tequisquiapan, San Juan del Río, Landa de Matamoros, Colón, El Marqués y Querétaro, sin embargo, al someterlas a votación, no procedieron.

Por otra parte, fue rechazado el Dictamen de la Iniciativa de Ley que reforma la Ley de Hacienda del Estado de Querétaro, presentado por la Comisión de Planeación y Presupuesto en ese sentido, por considerar que no es oportuno realizar las reformas que pretende la iniciativa, ya que sería falto y carente de efectos benéficos para el propio organismo y para la ciudadanía en general. Además de que el realizar reformas donde se modifiquen y actualicen tarifas por los servicios que preste la Fiscalía del Estado, debe ir acompañado de la respectiva previsión de los ingresos estimados que se pretendan percibir, a efecto de transparentar los mismos respecto dichos conceptos.

Asimismo, fue aprobado en sentido de rechazo el Dictamen de la Iniciativa de Ley que deroga diversas disposiciones de la Ley de Hacienda de los Municipios del Estado de Querétaro, propuesto así por la Comisión de Planeación y Presupuesto, considerando que de aprobarse dicha Iniciativa en los términos propuestos, se agravaría el problema de la baja recaudación que presentan los municipios del estado, lo que impactaría de manera negativa en sus ingresos y autonomía financiera, sobre todo tomando en cuenta que la propuesta no establece la forma en la que los municipios compensarán las cantidades que dejarían de percibir por el concepto.

Se aprobó en sentido de rechazo el Dictamen de la Iniciativa de Ley que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley de Coordinación Fiscal Estatal Intermunicipal del Estado, presentado por la Comisión de Planeación y Presupuesto, toda vez que en la Reforma Constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación del 27 de mayo de 2015, en los artículos transitorios se estableció una mecánica transicional para la transformación de los sistemas federal y locales en la materia, la cual parte de que tanto en lo que se refiere a la coordinación del sistema anticorrupción, como la distribución de competencias entre los distintos órdenes en materia de responsabilidades administrativas, se requiere de la emisión por parte del Congreso de la Unión de las leyes generales correspondientes. Por lo anterior, al no haber esperado a que el Congreso de la Unión emitiera las normas respectivas, mismas que se incluían en los Artículos Transitorios de esa reforma, fue que dicho sistema fue declarado inconstitucional. Ante las consideraciones vertidas, el plantear una afectación a gasto corriente por el considerar una partida para que los municipios participen por el monto del Impuesto Sobre la Nómina, se torna de realización jurídicamente impedida, toda vez que el destino de los recursos que se recaudan por dicho Impuesto ya se encuentra etiquetado dentro de Artículo Cuarto Transitorio de la Ley de Hacienda del Estado de Querétaro, en donde se refiere que será destinado exclusivamente a inversión en infraestructura, obra pública y social .

Así mismo, se aprobó en sentido de rechazo el Dictamen de la Iniciativa de Ley que adiciona un artículo 73 bis a la Ley de Hacienda del Estado de Querétaro, en materia de primer empleo, presentado por la Comisión de Planeación y Presupuesto, considerando que la Ley de Hacienda del Estado de Querétaro en su capítulo relativo al Impuesto sobre Nóminas, contempla en los artículos 70 al 73, el objeto, los sujetos obligados, la base, tasa y las obligaciones de los sujetos a que se refiere dicho apartado y que el artículo Noveno Transitorio de la Ley de Hacienda, establece que “la recaudación por el impuesto que establece la Ley de Hacienda del Estado de Querétaro, será destinada exclusivamente a inversión en infraestructura, obra pública y social, quedando prohibida su afectación a gasto corriente de cualquier tipo” por lo que, atendiendo a los argumentos anteriores, la presente iniciativa de Ley en materia de Primer Empleo, causaría un perjuicio a la recaudación total por este impuesto, ya que al tener más erogaciones derivadas de él, se verían afectados los servicios de infraestructura, obra pública y social del Estado de Querétaro, para los que están destinados.

Acto seguido, se rechazó el Dictamen de la Iniciativa de Acuerdo por el que la Quincuagésima Octava Legislatura del Estado de Querétaro, exhorta respetuosamente al Gobierno del Estado de Querétaro para que incorpore a los Municipios del Estado al Convenio de Colaboración Administrativa en materia fiscal federal¸ propuesta por el Grupo Legislativo del PRI y de la Fracción de Nueva Alianza. La presente iniciativa pretende exhortar al Gobierno del Estado para que incorpore a los municipios del estado al convenio de colaboración administrativa en materia fiscal federal, sin embargo, si bien es cierto dentro del objeto del convenio establece la posibilidad de que las funciones administrativas de los ingresos federales y el ejercicio de las facultades en materia fiscal sean asumidas por los municipios de la entidad, también lo es que esta posibilidad sería aplicable solo en el supuesto de que el Estado no pudiera recaudar y llevar acabo la administración de los ingresos federales y el ejercicio de las facultades en materia fiscal, llevando a cabo la correcta aplicación del convenio celebrado, sin la necesidad de delegar esta función a sus municipios. Atendiendo a los argumentos expuestos, se considera que resulta innecesario exhortar al Gobierno del Estado a efecto de que incorpore a los municipios y sean partícipes en el convenio de colaboración administrativa en materia fiscal federal, pues del cuerpo mismo del convenio se deprenden diversas obligaciones y responsabilidades que el Estado puede asumir sin la necesidad de delegar alguna.

Finalmente, también se rechazó el Dictamen de la Iniciativa de Acuerdo por el que la Quincuagésima Octava Legislatura del Estado de Querétaro, exhorta respetuosamente al Gobierno y los Ayuntamientos del Estado, para que en la presentación de sus respectivas Iniciativas de leyes de ingresos y/o hacendarias se abstengan de crear e incrementar impuestos y demás contribuciones, ya que consideran que los municipios tienen claro que los ingresos sustentan las funciones de los poderes y las administraciones públicas estatales y municipales, por lo cual, consideran que no es necesario la creación de nuevos impuestos o su incremento, si no la implementación de medidas de planeación, presupuestación y gestión por resultados. Además de que es importante señalar que dentro de las iniciativas de ingresos de los municipios presentadas ante esta soberanía, en el contenido de las mismas se encontró que algunos municipios no crearon ni incrementaron sus impuestos, ni contribuciones por lo cual se cumple con el objetivo que tenía dicha iniciativa. Por lo que, atendiendo a los argumentos expuestos, este Poder Legislativo del Estado de Querétaro, considera innecesario exhortar a los ayuntamientos de los municipios, en los términos que plantea, toda vez que los municipios ya presentaron sus respectivas leyes de ingresos y en ellas se corrobora que con la finalidad de velar por la economía de los queretanos se abstuvieron de incrementar las contribuciones o de crear nuevas, pues tal condición afectaría la economía de las familias queretanas.

En asuntos generales, la diputada por Morena, Herlinda Vázquez Munguía ocupó la tribuna para expresar que el pasado 19 de junio, más de 300 comerciantes establecidos en las inmediaciones de la Alameda Hidalgo fueron desalojados por autoridades del municipio de Querétaro a pesar de que tenían vigentes sus licencias de comercio, por lo que interpusieron un juicio de amparo, el cual fue resuelto el pasado 1 de diciembre, en el que la resolución es que la orden de retiro de los carritos queda insubsistente y se reintegren los productos que fueron recogidos, por lo que hizo un llamado a las autoridades municipales a que se respete el Estado de Derecho y cumpla cabalmente con lo establecido en el amparo en el que consta jurídicamente que se vulneraron los derechos de este grupo de ciudadanos.

Finalmente, la diputada Isabel Aguilar Morales precisó que hoy se aprobó un paquete fiscal importante y de relevancia, sin embargo, algunas cuestiones dentro del presupuesto no le quedaron claras, por lo que solicitará mayor información, toda vez que estará vigilante de todas y cada una de las acciones que se lleven a cabo en esta Administración. Expresó que una vez más han depositado la confianza en que este presupuesto sea en beneficio del estado de Querétaro, pero está obligada a vigilar que cada uno de los pesos que están etiquetados, se lleven a cabo en lo que está estipulado en el proyecto anual.

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