Sesión de Pleno En Sesión de Pleno de los diputados integrantes de la LVIII Legislatura, la Comisión de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Comunicaciones presentó el Dictamen de la Iniciativa de Ley que reforma el artículo 64 del Código Urbano del Estado, que se refiere a los centros de población, definidos como las áreas constituidas por las zonas urbanizadas, las que se reserven a su expansión y las que se consideren no urbanizables por causas de preservación ecológica, prevención de riesgos y mantenimiento de actividades productivas dentro de los límites de dichos centros, así como las que por resolución de la autoridad competente se provean para la fundación de los mismos. La comisión legislativa considera que el desarrollo sustentable de los habitantes del Estado requiere de un marco jurídico eficiente, que permita un crecimiento ordenado de los centros de población, eliminando las disparidades que se presentan en materia de infraestructura, equipamiento y servicios urbanos. Por lo que la reforma propone que la fundación de un centro de población se realizará mediante Decreto expedido por la Legislatura del Estado a iniciativa de los municipios, en el ámbito de su competencia, previo dictamen favorable que emita el área encargada del desarrollo urbano correspondiente al municipio donde se ubique el centro de población. En dichos dictámenes se garantizará que su localización e integración al sistema de centros de población es lo más adecuado en relación al impacto ambiental que éste puede ocasionar. El dictamen fue aprobado por 25 votos. Acto seguido, se aprobó el Dictamen de la Iniciativa de Decreto que crea el Instituto Municipal de las Mujeres de San Joaquín, presentado por la Comisión de Gobernación, Administración Pública y Asuntos Electorales, con la finalidad de dar atención integral a las mujeres de ese municipio, ya que resulta necesario la creación de un Instituto Municipal de la Mujer como dependencia que constituye un enlace entre este y las mujeres de esa demarcación, que permita además al municipio, conocer las necesidades e inquietudes ellas para que, por medio del Instituto, se promuevan políticas y acciones que propicien y faciliten la plena incorporación de las mujeres en la vida económica, política, cultural y social, alentando su participación en todos los niveles y ámbitos de decisión. Por lo que el Municipio de San Joaquín, como garante de los derechos reconocidos a favor de los habitantes de esa demarcación, y en especial los derechos de las mujeres, se encuentra obligado a elaborar un diseño institucional que dé una respuesta efectiva a las necesidades de la sociedad, la cual exige la continua transformación de sus organismos en favor de ellas. En otro punto del orden del día se presentaron los Dictámenes de las Solicitudes de Jubilaciones y Pensiones, presentados por la Comisión de Trabajo y Previsión Social, que, realizando un análisis de los requisitos que la ley de la materia y el convenio laboral, establecen para conceder jubilaciones y pensión por vejez, se desprende que el que concede mayores beneficios al trabajador por no requerir que se promedie los cinco últimos años del sueldo así como por conceder un mayor porcentaje por años de servicio en el convenio laboral que rige las condiciones de trabajo, por tales motivos y por tratarse de una norma especial que debe preferirse sobre la general, es que esta Comisión en uso de las facultades, resolvió que debe prevalecer lo dispuesto por el artículo 18 fracción IX del Convenio General de Trabajo que rige las relaciones laborales de los Poderes del Estado de Querétaro y del mismo modo resuelve inaplicar la Ley de los Trabajadores del Estado de Querétaro en cuanto al promedio de los últimos cinco años y el porcentaje para calcular la pensión. En total se aprobaron 36 jubilaciones y 38 pensiones por vejez. Finalmente la Dirección de Asuntos Legislativos y Jurídicos del Poder Legislativo envió a la Mesa Directiva la Declaratoria relativa al cómputo de votos emitidos por los Ayuntamientos con motivo del Proyecto de Ley que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado, en el que se informa que se han recibido los votos emitidos por los Ayuntamientos de los municipios de Arroyo Seco, Cadereyta de Montes, Colón, Corregidora, Huimilpan, Jalpan de Serra, Pedro Escobedo, San Joaquín, San Juan del Río, Tequisquiapan y Tolimán, en relación con el “Proyecto de Ley que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado de Querétaro”, el cual fue aprobado en Sesión del Pleno celebrada en fecha 15 de noviembre de 2017, a efecto de que se considere proceder a declarar la aprobación de la reforma.