La Comisión de Planeación y Presupuesto, aprobó las normas a que deberán sujetarse los entes públicos para el gasto en comunicación social La Comisión de Planeación y Presupuesto de la LVIII Legislatura, que preside el diputado Eric Salas González e integran por los legisladores Norma Mejía Lira y Luis Gerardo Ángeles Herrera, aprobaron reformas a la Ley para el Manejo de los Recursos Públicos del Estado y a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado, toda vez que el pasado 11 de mayo, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Ley General de Comunicación Social, la cual tiene por objeto establecer las normas a que deberán sujetarse los entes públicos para garantizar que el gasto en comunicación social cumpla con los criterios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, y respete los topes presupuestales, límites y condiciones de ejercicio que establezcan los Presupuestos de Egresos respectivos. Dicha legislación entrará en vigor en el país, el 1o. de enero de 2019 y establece la obligación a cargo del Congreso de la Unión, de los congresos locales y la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México de armonizar su legislación de acuerdo a lo contemplando en la Ley General. El diputado Eric Salas explicó que entre las reformas realizadas se destaca que los entes públicos, para la difusión de campañas de comunicación social, deberán sujetarse a las disposiciones del Presupuesto de Egresos, así como su Programa Anual de Comunicación Social. Asimismo, los entes públicos no podrán convenir el pago de créditos fiscales, ni de cualquier otra obligación de pago a favor de la autoridad, a través de la prestación de servicios de publicidad, impresiones, inserciones y demás actividades en materia de comunicación social. El legislador informó que los medios de comunicación que pretendan participar en la contratación de comunicación social a que se refiere la presente ley, deberán estar inscritos previamente en el Padrón Nacional de Medios de Comunicación, a cargo de la Secretaría de Gobernación. El empadronamiento de los medios de comunicación en ningún caso, por ese solo hecho, implicará la obligación de contratación por parte de los entes públicos. La revisión y fiscalización de los recursos públicos en materia de comunicación social de los entes públicos de las entidades federativas, los municipios, la Ciudad de México y sus demarcaciones territoriales, se realizará a través de la Contraloría estatal o equivalente en las entidades federativas, en términos de lo dispuesto por la legislación aplicable en cada caso en materia de fiscalización. Por otra parte, se deberán poner a disposición del público y mantener actualizada, en los respectivos sitios de Internet, los montos destinados a gastos relativos a campañas de comunicación social desglosada por tipo de medio, proveedores, número de contrato y concepto o campaña, de conformidad con la legislación aplicable. Cada ente público incorporará un informe semestral sobre el gasto en publicidad oficial en su portal de transparencia, que por lo menos contenga: recursos presupuestarios para campañas de comunicación social; proveedores; contratación concertada hasta el momento, con número de contrato, así como pago realizado a los medios de comunicación.