Santiago de Querétaro, Qro., 20 de septiembre de 2024.- En Sesión de Pleno de los diputados integrantes de la LX Legislatura, se aprobó el Dictamen de la Iniciativa que reforma la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Querétaro, ya que, con la finalidad de fortalecer la participación ciudadana en la institución, la dependencia estima necesario aperturar sus programas académicos para que existan nuevos perfiles especializados en materia de procuración de justicia e incluso puedan integrarse formalmente a la Fiscalía General, siempre que cumplan con los requisitos de ingreso y permanencia, así como las evaluaciones correspondientes.

Por otra parte, resulta necesario potencializar la capacitación y formación de nuevos fiscales, permitiendo que abogados de distintos perfiles puedan conocer la especialización académica existente en la institución además de enriquecer las generaciones con los conocimientos de su ejercicio profesional.

Así mismo, se realizan reformas normativas correspondientes a la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado, con el propósito de poder consolidar el marco jurídico que habrá de implementarse en los diversos rubros abordados, con la finalidad de cumplir con el objeto de la dependencia.

En otro punto del orden del día, se aprobó el Dictamen de la Iniciativa que reforma diversas disposiciones en materia de profesionalización para las instituciones de seguridad en el Estado de Querétaro, toda vez que el servicio profesional de carrera implica institucionalizar el sistema que establezca los procesos de ingreso, permanencia, promoción y retiro de los integrantes de las instituciones de seguridad.

Con esto, se busca asegurar que la competencia y el desempeño sean la base en la generación de criterios tendientes al fortalecimiento de las áreas de seguridad en el Estado, promoviendo la profesionalización y la eficiencia, así como fortaleciendo la democracia, el orden y la certeza respecto de los integrantes de estas.

Por lo que, en este contexto, el servicio profesional de carrera del personal operativo de las instituciones de seguridad integrantes del Sistema Estatal de Seguridad se configura como una garantía de la debida calificación por parte de estos en la consecución de un fin constitucionalmente reconocido, tal como son salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas, así como contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social.

Asimismo, la Comisión de Planeación y Presupuesto presentó ante el Pleno de la LX Legislatura un acumulado de las siguientes: Iniciativa de Ley que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Instituto Registral y Catastral del Estado de Querétaro, de la Ley Registral; de la Ley de Catastro, de la Ley de Valuación Inmobiliaria y de la Ley que crea la Ley del Instituto Registral y Catastral; y reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado; de la Ley Registral; de la Ley Del Notariado; de la Ley de Catastro; de la Ley de Hacienda de Querétaro; de la Ley de Valuación Inmobiliaria; de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada; Ley de Hacienda de los Municipios del Estado, Código de Procedimientos Civiles; Ley de Expropiación, Ley de Firma Electrónica Avanzada; y del Código Civil del Estado de Querétaro, en materia registral y catastral.

 

Este acumulado de iniciativas, robustece las atribuciones del Instituto Registral y Catastral del Estado de Querétaro y, a su vez, las de su titular, para optimizar su vinculación con las instancias de la administración pública central en los procedimientos de revisión, validación y aplicación de actualizaciones catastrales vinculadas al crecimiento recaudatorio de la entidad, para la gestión de la información generada con motivo del ejercicio de sus facultades, así como para precisar los alcances de las facultades de representación legal en aras de una óptima defensa de sus intereses, lo cual resulta congruente con el Plan Estatal de Desarrollo, relativo al fomento de finanzas públicas sanas, a través de las líneas estratégicas orientadas al fortalecimiento de la generación y el manejo de ingresos propios, así como a eficientar el manejo de los recursos públicos.

Aunado a esto, las adecuaciones propiciarán una mejor coordinación para el análisis, elaboración y aplicación de las políticas públicas registrales y catastrales, habida cuenta del carácter estratégico y prioritario que dichas materias revisten para la seguridad y certeza jurídica sobre la propiedad inmobiliaria, en beneficio tanto de los derechos fundamentales de los particulares descritos en líneas anteriores, como desde una perspectiva más amplia, del desarrollo económico producto de los manejos y transacciones que en el citado rubro se realizan en el Estado. Este acumulado de iniciativas fue aprobado por el pleno de la LX Legislatura.

Asimismo, se aprobó la Iniciativa de Ley que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones con motivo de la creación de la Secretaría de las Mujeres, a efecto de materializar los derechos humanos que consagran a favor de las mujeres los diferentes ordenamientos legales en vigor y lograr una efectiva transversalidad de la perspectiva de género con miras a lograr la igualdad sustantiva entre hombre y mujeres, es necesario contar con una dependencia con competencia y facultades para la construcción, diseño e implementación de políticas públicas y acciones afirmativas.

La creación de esta dependencia que se permitirá atender de manera efectiva la perspectiva de género y aprovechar la sinergia existente en la administración pública central, potenciando la capacidad de gestión con que actualmente se cuenta, permitiendo el ejercicio pleno de los derechos de las mujeres.

Esta dependencia será la encargada de formular, coordinar, promover, ejecutar y evaluar políticas públicas, programas y acciones para la institucionalización de la perspectiva de género. Por lo que, es necesario reformar su ley orgánica con miras a establecer su existencia y regular sus atribuciones, a efecto de dotarla de certeza jurídica en su actuación.

Por otra parte, fue aprobado el Dictamen de la Iniciativa de “Acuerdo por el que se reforma el Artículo 43 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Querétaro y 58 y 63 de la Ley de Participación Ciudadana del Estado de Querétaro” y la Iniciativa de la “Ley de Participación Ciudadana del Estado de Querétaro”, presentado por la Comisión de Participación Ciudadana.

Con esta aprobación, la LX Legislatura impulsa una nueva Ley de Participación Ciudadana del Estado de Querétaro que contempla mecanismos de participación más cercanos a la ciudadanía, con porcentajes de participación más armonizables con la realidad, con lo cual se impulsa aún más la implementación del Gobierno Abierto, la transparencia, la colaboración de la ciudadanía y se fomenta la participación ciudadana.

Asimismo, se adicionan como instrumentos de participación a los Consejos de Participación Ciudadana, Observatorios Ciudadanos, y temas como: Presupuesto Participativo, Diálogo Ciudadano, Audiencia Pública, y Cabildo Abierto, así como disminución de porcentajes del Plebiscito, Referéndum e Iniciativa Ciudadana.  “Instrumentos con los cuales se podrá vigilar y controlar la gestión de los gobernantes, además de que es la manera en que la ciudadanía se haga escuchar y pueda tomar parte en los asuntos públicos, ya que no podemos imaginar un Estado democrático sin la participación de la ciudadanía (…)”, menciona el dictamen aprobado.

Dentro de esta sesión también fue aprobado el Dictamen de la Comisión de Planeación y Presupuesto, relativo a la Iniciativa de “Decreto que autoriza al Titular del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, a desincorporar del régimen del dominio público y a enajenar a título gratuito bajo la figura de donación, un inmueble propiedad del Estado de Querétaro, ubicado en el Municipio Querétaro, Qro., a favor de la Fiscalía General del Estado de Querétaro”.

El inmueble cuya desincorporación y enajenación autoriza esta Legislatura, deberá ser destinado por la Fiscalía General del Estado de Querétaro, para albergar las instalaciones donde operan diversas Unidades de la misma, así como para el ejercicios de las funciones que tiene encomendadas en términos de la normatividad aplicable, a fin de garantizar el derecho humano de acceso a la justicia y a la seguridad, así como la evolución y mejora de los servicios e infraestructura de la procuración de justicia.

De igual forma fue aprobado el Dictamen también de la Comisión de Planeación y Presupuesto, referente a la “Iniciativa de Decreto por el que se autoriza al Municipio de San Juan del Río, Qro., la desincorporación de su patrimonio inmueble municipal, el predio identificado con la clave catastral número 160100108371001 y superficie de 3,059.55 metros cuadrados, para ser transmitida su propiedad, a título gratuito, en favor de la USEBEQ, para que se destine a la construcción y/o establecimiento y/o administración de un plantel educativo de nivel primaria, en la colonia La Peña, San Juan del Río, Qro., que permita la ampliación y mejoramiento de los servicios educativos”.

Para finalizar los asuntos agendados en el orden del día, fue aprobado el Dictamen presentado por la Comisión de Asuntos Indígenas, concerniente a la “Iniciativa de Acuerdo por el que la LX Legislatura del Estado de Querétaro exhorta al Titular del Poder Ejecutivo Federal, a fin de que se reconozca el 20 de noviembre de cada año como el Día Oficial de la Tradición del Sahumar y de las Sahumadoras”, en reconocimiento a las tradiciones y cultura de nuestros ancestros.

El Acuerdo aprobado queda en los siguientes términos: Acuerdo por el que la LX Legislatura del Estado de Querétaro exhorta al Congreso de la Unión para que se reconozca el 20 de Noviembre de cada año como el Día Oficial de la Tradición del Sahumar y los sahumadores, con lo cual “se estaría uniendo el sabio pasado, con los ciclos de transformación y cambio de nuestra historia actual”, tomando en cuenta que “los rituales de fuego forman parte de la historia ancestral de las culturas prehispánicas, de sus usos, costumbres y mitos, los fuegos sagrados se encendían para ofrendar, honrar y conmemorar acontecimientos”, señala el Dictamen.

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