La Comisión de Juventud y Deporte de la LVIII Legislatura del Estado, con la asistencia de los diputados Aydé Espinoza González, Héctor Iván Magaña Rentería y Juan Luis Íñiguez Hernández, Presidenta, Secretario e integrante de la misma, respectivamente, aprobó por unanimidad el Dictamen de la Iniciativa de Ley que reforma los artículos 2 fracción V y 4 de la Ley para el Desarrollo de los Jóvenes en el Estado de Querétaro.

La presidenta de la comisión afirmó que este proyecto se trabajó en conjunto con la titular de la Secretaría de la Juventud del Estado de Querétaro (Sejuve), y personal de la misma, en pro de los jóvenes queretanos, “para construir políticas públicas dirigidas a ellos”.

La legisladora agradeció la participación de esta dependencia gubernamental y de sus compañeros legisladores, pues –dijo- con ello estamos contribuyendo a dar respuesta a las necesidades que tiene en la actualidad la juventud queretana, “aquí está el reflejo de la voluntad que se tiene de hacer un trabajo en conjunto y en equipo, lo cual se verá reflejado en nuestros jóvenes”.

Explicó que, de acuerdo a lo probado por esta comisión, en el artículo 2 se adicionan las fracciones XIII, XIV y XV, en cuanto a la definición de joven. Recordó que la ley actual maneja la definición de joven en un rango de 12 a 29 años y expuso que lo que se está haciendo con esta reforma, es establecer el término “joven adolescente”, como la persona que comprende el rango de edad de doce años cumplidos y menos de dieciocho años de edad; y “joven adulto”, la persona que comprenda el rango de edad entre los 18 y 29 años cumplidos, ya que tienen requerimientos diferentes.

“Lo que queremos –expresó- es que las instituciones y dependencias encargadas de este sector de la población, en este caso Sejuve, tengan políticas públicas dirigidas a cubrir las necesidades de los jóvenes en cuanto a rango de edad”, pues se busca que puedan tener una mejor atención y que existan programas enfocados a cada rubro de edad.

De acuerdo a los considerandos del dictamen aprobado, “resulta necesario generar una definición (de joven) que encuadre en los ordenamientos nacionales y los instrumentos internacionales en materia de juventud, a efecto de establecer políticas públicas al respecto, que proporcionen herramientas de gestión adecuadas”.

Por otra parte, la legisladora Aydé Espinoza expuso que, con la aprobación de este dictamen, también se reforma el artículo 4, estableciendo que “cualquier persona que tenga conocimiento de algún joven que se encuentre en condiciones de vulnerabilidad o bajo algún factor de riesgo, podrá solicitar la intervención de las autoridades competentes en materia de juventud, con el objeto de que se preste la debida atención y dar el seguimiento que corresponda conforme a las leyes aplicables”.

IMG_3745 IMG_3758 IMG_3799