En sesión de trabajo de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia de la LVIII Legislatura del Estado, presidida por el diputado Luis Antonio Rangel Méndez, e integrada por los legisladores Verónica Hernández Flores, Carlos Lázaro Sánchez Tapia, J. Jesús Llamas Contreras y Roberto Carlos Cabrera Valencia; en la que estuvieron presentes las señoras Fabiola Velázquez Chávez y Noemí Alcántara Osorio, Presidenta y directora, respectivamente, del Sistema Municipal DIF de Epitacio Huerta, Michoacán; así como el representante de la Comisión de Seguridad de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex), delegación Querétaro, Juan Carlos Martínez Mey; el subsecretario de Gobierno estatal, Víctor de Jesús Hernández; y el coordinador de Enlace Legislativo, Miguel Parrodi Espinosa; los legisladores aprobaron el proyecto de dictamen de la iniciativa de “Ley que tipifica el hostigamiento sexual como delito autónomo e incrementa la pena del delito de acoso sexual previstos en el Código Penal del Estado”; la iniciativa de “Ley que reforma los artículos 113, 161, 166 y 167 del Código Penal del Estado de Querétaro”; la iniciativa de “Ley que reforma y adiciona los artículos 165, 166, 167 y 167 Bis del Código Penal del Estado de Querétaro”, presentada por el Diputado Carlos Manuel Vega de la Isla; y la iniciativa de “Ley que reforma, adiciona y deroga diversos artículos del Código Penal para el Estado de Querétaro y del Código Civil del Estado de Querétaro”, presentada por el MVZ Francisco Domínguez Servién, Gobernador del Estado, y el Mtro. Juan Martín Granados Torres, Secretario de Gobierno del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro.

Durante su intervención, el diputado Luis Antonio Rangel Méndez, afirmó que este dictamen fortalecer el andamiaje jurídico de protección a las mujeres, “me parece que es relevante que el día de hoy esta comisión pueda aprobar estas iniciativa que se han presentado desde el punto de vista de diferentes fuerzas políticas, y que a final de cuentas se acumulan en un solo dictamen para modificar alrededor de 20 artículos; un dictamen que es importante que conozca la sociedad, que endurece las penas en contra de aquellas personas que atenten contra los derechos de la mujer, no solamente del Código Penal, sino también en el Código Civil, y quiero señalar también la participación de diversos grupos sociales que representan los derechos de la mujer, para que esta Legislatura pudiera haber hecho diversos cambios; así que congratularnos por esta participación”.

En su momento, el legislador Carlos Lázaro Sánchez Tapia manifestó que se deben acelerar la discusión de todos aquellos temas que tengan que ver con los derechos humanos de las mujeres y de todas las personas en general; reconoció que si bien hay un avance con lo que se ha discutido sobre este tema del hostigamiento o acoso sexual, se debe ir más allá, por lo que reiteró que aún hay temas pendientes por discutir, como la iniciativa que presentó en su momento respecto al problema del acoso callejero; añadió que en próximos días estará presentando otras iniciativas “encaminadas justamente ante este llamado que hace el ciudadano Gobernador, iniciativas encaminadas a buscar garantizar este libre ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres en la entidad, y buscar erradicar la violencia sexual cibernética que sufren cientos o miles de personas”.

Por su parte, el diputado J. Jesús Llamas Contreras resaltó la importancia de reformar los tipos penales de violación y estupro a efecto de elevar la edad mínima del consentimiento válido para la realización de la cópula en el caso de la violación equiparada a menores de 14 años, y a partir de los 14 y hasta los 18 años por el delito de estupro, brindando una mayor protección a la adolescencia, “así como armonizar el Código Penal con la Ley General del Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y la Ley estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en el cual se tipifica el acoso sexual u hostigamiento sexual, dependiendo de la posición de igualdad o de poder del sujeto activo en relación con el pasivo, y que se establezcan criterios para definir la cuantía de la reparación del daño en delitos”.

En otro punto del orden del día, los diputados integrantes de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, aprobaron el proyecto de dictamen de la iniciativa de Ley que adiciona y reforma diversas disposiciones del Código Penal del Estado de Querétaro. Al hacer uso de la voz, el diputado Luis Antonio Rangel Méndez dijo que esta iniciativa tiene que ver con las llamadas telefónicas conocidas como “llamada de broma o de falsas alarmas a las autoridades”.

Al dar lectura a los puntos resolutivos del proyecto de dictamen, destacó que se reforma el primer párrafo del artículo 229 TER; asimismo se adicionan los artículos 229 QUÁTER y 229 QUINTUS al Capítulo V del Título Segundo de la Sección Tercera del Libro Segundo; y se deroga el tercer párrafo del artículo 229 TER, todos del Código Penal para el Estado de Querétaro, para quedar como siguen:

“ARTÍCULO 229 TER.- Al que dolosamente realice una llamada al número de emergencias dando aviso de una emergencia falsa o de broma, con el fin de provocar la movilización de cuerpos policíacos, de bomberos, de la Cruz Roja Mexicana, de urgencias médicas o de protección civil, para atenderla, se le impondrá prisión de dos meses a dos años y de cincuenta a trescientos días multa.
Las mismas penas….
Derogado.
ARTÍCULO 229 QUÁTER.- Si como consecuencia de la conducta prevista en el primer párrafo del artículo anterior, se provoca algún accidente o daño personal o material, se impondrá, además de la pena prevista, de cinco meses a dos años de prisión y de quinientos a mil días de multa
En caso de reincidencia se le impondrá hasta el doble de las sanciones establecidas.
ARTÍCULO 229 QUINTUS.- Los delitos señalados en el presente Capítulo, se perseguirán de oficio”.

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