La Comisión de Movilidad Sustentable aprobó reformas a la Ley de Movilidad para el Transporte Los legisladores Luis Antonio Zapata Guerrero y Aidé Espinoza González, integrantes de la Comisión de Movilidad Sustentable de la LVIII Legislatura, aprobaron el dictamen de la Iniciativa de Ley que reforma y adiciona la Ley de Movilidad para el Transporte del Estado, presentada por el diputado Mauricio Ortiz Proal y la Iniciativa de Ley que reforma, adiciona y deroga, diversas disposiciones de la Ley de Movilidad para el Transporte, en un acumulado por ser reformas referentes a la misma disposición. El presidente de la comisión legislativa, Antonio Zapata, mencionó que en la primera iniciativa, se toma en consideración la ampliación de horarios, aun cuando no se precisa cuáles son porque depende de las rutas en las que se vaya a establecer. Indicó que es el Instituto Queretano del Transporte (IQT), quien de acuerdo con los estudios técnicos, debe determinar cuáles serán las rutas y los horarios que se tienen que establecer, ya que poner un horario fijo los llevaría a ser incompetentes, pues tiene que ser el origen y el destino el que determine en qué rutas se deberá hacer ampliación de horarios. Asimismo, el legislador dio a conocer que en el segundo dictamen aprobado, del cual es autor, se hacen adecuaciones para la mejor operación del sistema de transporte que estará entrando en vigor a partir del 1 de noviembre, plasmando en la ley definiciones que con la nueva modalidad serán cotidianas, pero que es necesario queden claras para no caer en malas interpretaciones. Las definiciones son: carril confinado, carril preferente, estación, estación intermodal, comprobante del pago de servicio, parada, concesión, servicios complementarios, servicios relacionados, sistema, sistema de prepago, empresas especializadas, entre otras. Explicó que se definen claramente los permisos complementarios y temporales; el primero lo otorga el instituto a una persona que cuente con concesión o permiso de transporte de otra entidad federativa colindante con el estado, a fin de realizar la prestación del servicio para el cual está autorizado en la entidad federativa de origen dentro de una ruta específica en nuestro estado; y el segundo es la autorización temporal otorgado a una persona para satisfacer una necesidad inmediata o emergente de servicio público de transporte colectivo. Aseguró que otro tema que es muy importante que quede claro es que en la zona metropolitana solo se va a permitir el pago de manera electrónica, es decir, con tarjeta de prepago. El diputado Antonio Zapata mencionó que estas reformas precisan que el estado y municipios podrán convenir con el Instituto Queretano del Transporte, la concesión de los permisos para la utilización de espacios públicos, como banquetas o camellones para instalar estaciones, ya que normalmente esta facultad era del orden municipal.