En sesión de la Comisión de Planeación y Presupuesto de la LVIII Legislatura, que preside el diputado Eric Salas González e integran los legisladores Norma Mejía Lira y Luis Gerardo Ángeles Herrera, aprobaron el Proyecto de Dictamen de la Iniciativa de Ley que reforma el artículo 14 de la Ley de Ingresos del municipio de Querétaro para el ejercicio fiscal 2017, en la que se adecuan variaciones de centavos en las tarifas, representando un ajuste necesario para dar certeza a los contribuyentes de que están pagando estrictamente lo que es justo y lo señala la ley.

El diputado Eric Salas, explicó que dichas variaciones se traducen en que los contribuyente resienten un cobro de distinta forma a la que las leyes tributarias establecen, por lo que dicha petición está totalmente sustentada y justificada, toda vez que, de no hacerse se estaría violentando el principio de equidad tributaria.

Por su parte, la diputada Norma Mejía Lira, explicó que la Constitución federal establece los principios de proporcionalidad, la cual ratifica en contribuir a los gastos públicos en función de la capacidad económica debiendo aportar una parte justa y adecuada de las utilidades o rendimientos, además de que la proporcionalidad se encuentra vinculada con la capacidad económica de los contribuyentes que debe ser gravada diferencialmente para que en cada caso, el impacto sea acorde a sus bienes. Dijo que “la equidad tributaria significa, que los contribuyentes de un mismo impuesto debe guardar una situación de igualad entre la norma jurídica que lo regula, por lo que, conforme a esos conceptos, es deber de los legisladores garantizar el cumplimiento efectivo de los principios constitucionales para los contribuyentes del estado y que los montos de sus tributaciones sean justas y calculables con bases fidedignas”.

De igual forma, se aprobó el Dictamen de la Iniciativa que modifica a los artículos 13 y 14 de la Ley de Ingresos del municipio de Corregidora para el ejercicio fiscal 2017, en el mismo sentido que la iniciativa anterior, toda vez se desprende que las tablas de valores se encuentran expresadas hasta la centésima de millar, siendo que lo correcto es agregar un decimal más a la misma para quedar en unidad de millón; lo anterior en virtud de que con una variación de un centavo, la misma provoca que se pague más el del rango inmediato inferior que el del rango superior.

El objetivo de modificar los rangos tiene como finalidad determinar de manera adecuada la base gravable de todas las propiedades dentro de la jurisdicción del Municipio de Corregidora, Qro., lo anterior para efectos de pago del impuesto inmobiliario, como lo es el Impuesto sobre Traslado de Dominio y el Impuesto Predial, para que así encuentren cabida en su totalidad dentro del principio de proporcionalidad y equidad contributiva.

IMG_1257 IMG_1271 IMG_1281 IMG_1287