Los diputados J. Jesús Llamas Contreras y José González Ruiz, integrantes de la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la LVIII Legislatura, aprobaron en sentido de rechazo, reformas a la Iniciativa de Ley de los Trabajadores del Estado, con el fin de crear en el servicio público la modalidad de “jornada flexible” y el “banco de horas”.

En esta iniciativa se define como “jornada flexible” aquella en la que el trabajador podrá, previo acuerdo con el patrón, elegir entre diferentes intervalos de tiempo para cumplir con la jornada de trabajo, pudiendo cubrirse de manera continua o seccionada durante el día.

El “banco de horas” es en el que el trabajador pueda, previo acuerdo con el patrón, elegir qué días y cuántas horas al día trabajar, a efecto de agotar, en los días que decida, las horas que trabajaría en una semana conforme a la duración de su jornada de trabajo; es decir, el trabajador que opte por la modalidad de banco de horas, podrá exceder la duración de la jornada máxima en un día, siempre y cuando la sumatoria de las horas trabajadas en una semana, no exceda el total de horas que debe cubrir en ella.

Dentro de los principales objetivos de esta iniciativa de ley, es el de conceder a las madres y padres de familia más tiempo para el cuidado y relación con sus hijos, buscando dotar de más tiempo libre para afrontar sus compromisos familiares; a fin de que las mujeres trabajadoras, en periodo de lactancia, puedan contar con tiempo suficiente para dedicarla a esta actividad; además, para que las madres solteras no se alejen por mucho tiempo de sus hijos.

El presidente de la comisión legislativa, diputado Jesús Llamas considera que los objetivos de la iniciativa son loables, pero que estas dos modalidades podrían significar desventajas para la organización y eficiencia del servicio público que se presta, pues un porcentaje muy alto de los puestos creados en la administración pública tiene como principal objetivo realizar funciones directas o indirectas para atender las necesidades de la ciudadanía y esta implementación haría casi imposible el cumplimiento del servicio público.

Además de que ambos modelos resultan de compleja aplicación, ya que se debería contar con un sistema de multicontrol de horarios que permita que no se abuse del sistema; asimismo, la administración pública tendría que destinar recursos públicos para generar un control eficientemente del horario flexible de cada trabajo.

El legislador recordó que la Ley de los Trabajadores del Estado protege el tiempo personal y familiar de los trabajadores, pues establece que ninguno de ellos podrá ser obligado a prestar sus servicios por un tiempo mayor al permitido por la ley, precisamente para no afectar sus servicios en los días de descanso obligatorio, asimismo el trabajador puede acordar con su jefe inmediato su periodo vacacional, de tal manera que este coincida con el de sus hijos y cónyuge; además de que existen periodos de lactancia establecidos.

Considera que esta iniciativa de ley es de compleja aplicación, además de que el diseño de jornada laboral actual para el servicio público, es adecuado y no afecta severamente el tiempo familiar y personal de los trabajadores.

Los legisladores consideraron que no es necesaria modificación alguna de la ley vigente, por considerar que el derecho de los trabajadores a un descanso suficiente para el cuidado y desarrollo de sus familias, y proyectos personales, está protegido.

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