• Así como leyes de ingresos de los 18 municipios y paquete fiscal para Querétaro.

 En sesión de Pleno, los diputados de la LVIII Legislatura de Querétaro guardaron un minuto de silencio por los lamentables fallecimientos de Raymundo Gómez Ramírez, secretario de Administración del municipio de Querétaro, y de Julio César Salinas Olvera, quien fuera trabajador de esta Legislatura. Luego de ello, los legisladores aprobaron el Dictamen de la Comisión de Planeación y Presupuesto, respecto a la Iniciativa de Ley que adiciona el artículo 7-bis a la Ley que Fija las Bases, Montos y Plazos conforme a los cuales se distribuirán las participaciones federales correspondientes a los municipios de Querétaro, para el ejercicio fiscal 2017 y la Iniciativa Ley que Fija las Bases, Montos y Plazos conforme a los cuales se distribuirán las participaciones federales correspondientes a los municipios del estado, para el ejercicio fiscal 2018.

Esta Ley contiene el factor de cálculo, elemento que se toma en cuenta para la distribución de las respectivas participaciones federales, este porcentaje atiende a la realidad municipal y con ello distribuye de forma eficiente las participaciones federales, atendiendo los principios de proporcionalidad y equidad. El propósito es generar un equilibrio armónico en la calidad de vida de los habitantes de todos los municipios, fortaleciendo a aquellos que se ven menos favorecidos, mediante la distribución directa de las participaciones federales, estableciendo un 2.50% adicional al 20% de las participaciones federales que establece la ley, resultando congruente el desarrollo económico y fortalecimiento de los municipios. El citado 2.50% adicional, será distribuido de manera “inversamente proporcional” con respecto al 20% de las Participaciones Federales.

De igual forma fue aprobado el Dictamen de la Iniciativa de Ley que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Hacienda del Estado de Querétaro, del Código Fiscal del Estado de Querétaro, de la Ley de Obra Pública del Estado de Querétaro, de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Querétaro, de la Ley de Deuda Pública del Estado de Querétaro, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, de la Ley de la Administración Pública Paraestatal del Estado de Querétaro, y de la Ley para el Desarrollo de los Jóvenes del Estado de Querétaro, presentado por la Comisión de Planeación y Presupuesto.

El propósito de esta serie de reformas es realizar una actualización del marco legal que regula la actividad financiera estatal, a efecto de contar con el andamiaje jurídico que permita al estado recaudar las contribuciones que, en un contexto de solidaridad social y sin provocar con ello un menoscabo en la economía de las familias, deben aportar los ciudadanos, garantizando siempre el cumplimiento de los principios que hacen efectivos los derechos humanos reconocidos por la Constitución Mexicana. Con el dictamen aprobado por los legisladores, se busca “consolidar las bases para el robustecimiento de los ingresos públicos de la entidad, permitiéndole cumplir sus más importantes funciones: redistribuir la riqueza a través del gasto público e impulsar un desarrollo económico y social, justo y equitativo, en beneficio de todos los sectores de la sociedad queretana, especialmente de aquellos que por su situación de vulnerabilidad más apoyo requieren”.

En otro punto del orden del día, se aprobó el Dictamen de la Iniciativa de Ley de Ingresos del Estado de Querétaro, para el ejercicio fiscal 2018, presentados por la Comisión de Planeación y Presupuesto. Los ingresos constituyen el soporte para que el Poder Ejecutivo del Estado decida, sobre las obras y acciones que atiendan los requerimientos que la sociedad demanda y que la planeación y desarrollo del Estado deben buscar el beneficio permanente de la población.  La Hacienda Pública estará constituida, entre otros, por los impuestos, derechos, productos, aprovechamientos, contribuciones especiales, participaciones federales, aportaciones federales, otras transferencias federales e ingresos extraordinarios que en su favor establezcan las leyes de la entidad, así como los recursos que se tengan en Tesorería al inicio del ejercicio fiscal. El conjunto de ingresos es el que hace posible que los tres poderes, los organismos autónomos, los tribunales administrativos, los fideicomisos públicos, las entidades paraestatales y los municipios, tengan las condiciones para atender los requerimientos que les exige el desarrollo de su función pública.

 

Querétaro

Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal 2018

Ingreso Estimado
Total 33,650,946,708
Impuestos 2,636,779,470
Impuestos sobre los ingresos 19,721,820
Impuestos sobre el patrimonio 442,303,202
Impuestos sobre la producción, el consumo y las transacciones 123,947,886
Impuestos sobre Nóminas y Asimilables 2,023,675,085
Accesorios 27,131,477
Derechos 1,331,575,082
Derechos por el uso, goce, aprovechamiento o explotación de bienes de dominio público 29,095,923
Derechos por prestación de servicios 1,293,054,150
Accesorios 9,425,009
Productos 548,821,762
Productos de tipo corriente 548,821,762
Aprovechamientos 757,946,855
Aprovechamientos de tipo corriente 757,946,855
Ingresos por ventas de bienes y servicios 210,452
Ingresos por venta de bienes y servicios producidos en establecimientos del Gobierno Central 210,452
Participaciones y Aportaciones 24,566,004,920
Participaciones 13,301,021,634
Aportaciones 11,264,983,286
Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas 3,809,608,167
Transferencias Internas y Asignaciones al Sector Público 3,809,608,167

Asimismo, fue aprobado el Dictamen de la Iniciativa de Decreto de Presupuesto de Egresos del Estado de Querétaro, para el ejercicio fiscal 2018, es el instrumento financiero a través del cual el Gobierno del Estado expresa las prioridades de su gestión, para dar respuesta al encargo que recibió de la sociedad y a las necesidades de las familias queretanas. En el presente Decreto se elaboró considerando las prioridades del desarrollo integral para el Estado de Querétaro y las estimaciones que los Poderes del Estado, organismos autónomos y entidades paraestatales realizaron a propósito de sus necesidades económicas para el ejercicio fiscal 2018.

 

PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL ESTADO 40,107,131,167
Transferencias a Municipios 5,455,350,791
Transferencias al Poder Legislativo 305,373,359
Transferencias al Poder Judicial 816,303,207
Transferencias a Organismos Autónomos y Tribunales Administrativos 1,246,328,705
Transferencias Federales al Sector Educativo 8,703,602,962
Transferencias Federales al Sector Salud 2,676,723,692
Transferencias Federales a otros Sectores 3,605,121
Transferencias a Paraestatales y Fideicomisos 5,192,738,644
Dependencias del Sector Central y Órganos Auxiliares 4,104,364,097
Deuda Pública 230,589,330
Jubilaciones y pensiones 538,442,051
Obras y Acciones 10,833,709,208
   
El presente Presupuesto de las Dependencias del Sector Central y Órganos Auxiliares del Poder Ejecutivo, se clasifica en los conceptos globales de Gasto Social y Gasto Administrativo, de la siguiente manera:  
Dependencias del Sector Central y Órganos Auxiliares  
Gasto social 2,853,114,980
Gasto administrativo 1,251,249,117
    

El monto del recurso asignado a los Organismos Autónomos y Tribunales Administrativos, por la cantidad de 1 mil 246 millones 328 mil 705 pesos, se integra como sigue:

 

CONCEPTO MONTO
FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO 753,314,480
 
   
ENTIDAD SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE QUERÉTARO 85,015,756
   
 
INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO 275,695,669
 
 
   
Proceso electoral 131,753,114
DEFENSORÍA DE LOS DERECHOS HUMANOS DE QUERÉTARO 31,288,191
   
   
COMISIÓN DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO 17,967,205
   
   
TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO 25,124,654
   
   
TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DEL ESTADO DE QUERÉTARO 38,388,681
   
   
TRIBUNAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL ESTADO 19,534,069
 
 
   

Las aportaciones y otras transferencias federales al sector educativo, ascienden a 8 mil 703 millones 602 mil 962 pesos y se integran de la siguiente manera:

 

CONCEPTO MONTO
EDUCACIÓN BÁSICA 6,861,730,864
Unidad de Servicios para la Educación Básica en el Estado de Querétaro 6,861,730,864
EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR 485,331,867
Colegio de Bachilleres del Estado de Querétaro 317,108,237
Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Querétaro 78,615,396
Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Querétaro 47,027,588
Instituto de Capacitación para el Trabajo del Estado de Querétaro 34,854,017
Secretaría de Educación (Telebachillerato) 7,726,629
EDUCACIÓN SUPERIOR 1,356,540,231
Universidad Autónoma de Querétaro 1,356,540,231

En otro punto del orden del día, los diputados aprobaron los Dictámenes de las Iniciativas de Ley de Ingresos de los 18 Municipios del Estado de Querétaro, para el ejercicio fiscal 2018; presentados por la Comisión de Planeación y Presupuesto. Las Leyes de Ingresos de los municipios del Estado de Querétaro, son disposiciones normativas en las que se determina anualmente el monto de los impuestos, contribuciones de mejoras, derechos, productos, aprovechamientos, participaciones, aportaciones e ingresos extraordinarios, que tengan derecho a percibir los municipios, como lo disponen los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3 y 16 de la Ley de Hacienda de los Municipios del Estado de Querétaro; así como el artículo 28 de la Ley para el Manejo de los Recursos Públicos del Estado de Querétaro.

Asimismo, aprobaron en sentido de rechazo, los Dictámenes de la “Iniciativa con Punto de Acuerdo por el que se exhorta al Titular del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, para que en uso de sus facultades fomente la equidad social mediante la percepción de un salario justo en el Estado, a través de otorgar estímulos fiscales a los empresarios que otorguen salarios mínimos de 280 pesos diarios a sus trabajadores, mediante la devolución de un porcentaje del 20% al 40% del importe a pagar del impuesto estatal sobre la nómina”, “Iniciativa de la Ley que reforma y adiciona la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Querétaro y la Iniciativa de Ley que reforma el artículo 13 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Querétaro”, “Iniciativa de Ley que crea la Ley para Impulsar el Empleo y Productividad de Jóvenes y Adultos Mayores del Estado de Querétaro”, “Iniciativa de Acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a los ayuntamientos de los 18 Municipios del Estado de Querétaro, a fin de que designen una partida presupuestal en su presupuesto de egresos del ejercicio fiscal 2018, mediante la cual se contemple una cantidad por concepto de donación que sea justa, suficiente y bastante para apoyar a cubrir las necesidades de operación de los bomberos voluntarios que se encuentran dentro de su jurisdicción o realizan actividades propias dentro de la misma”, “Iniciativa de Ley que reforma y adiciona la Ley para el Manejo de los Recursos Públicos del Estado de Querétaro”, “Iniciativa de Ley que reforma diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal Estatal Intermunicipal del Estado de Querétaro, para incrementar el porcentaje de distribución de participaciones federales a los municipios”, “Iniciativa de Ley que reforma el párrafo tercero del artículo 9 y deroga el artículo 71 de la Ley para el Manejo de los Recursos Públicos del Estado de Querétaro, en materia de percepción de recursos adicionales a los establecidos en la ley de ingresos correspondiente” y de la “Iniciativa de Ley que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Manejo de los Recursos Públicos del Estado de Querétaro”; presentados por la Comisión de Planeación y Presupuesto, por considerar que las iniciativas son improcedentes.

IMG_9417 IMG_9430 IMG_9445 IMG_9470 IMG_9487 IMG_9543