Sesión de Pleno de la LVIII Legislatura En Sesión de Pleno de los diputados integrantes de la LVIII Legislatura, se aprobó el Dictamen de la Iniciativa reforma la Ley de Movilidad para el Transporte del Estado, presentado por la Comisión de Movilidad Sustentable, toda vez que el crecimiento poblacional en el Estado, crea la necesidad de reordenar los servicios que se requieren; entre ellos, el servicio público de transporte; también se precisa modificación de un ordenamiento jurídico incluyente, tomando como referencia los cambios que rigen a una sociedad, con la finalidad de regular la prestación del servicio a largo plazo. Entre las reformas más importantes: se incrementan las facultades del director general del Instituto Queretano del Transporte, como la facultad coercitiva de cobro en créditos fiscales a favor del instituto, así como la de certificación de documentos; se adicionan reformas que tienen que ver con la digitalización de documentos y trámites; asimismo, se beneficia los trabajadores de taxis que tienen más de 15 años con ellos, siendo preferentes para el otorgamiento de concesión, en el proceso de selección. En materia de movilidad, los servicios de transporte se clasifican en servicios público y especializado, regulados bajo las modalidades de servicios colectivo, taxi, mixto, salvamento y arrastre y el de depósito y guarda de vehículos. Por otra parte, se regula el uso de aplicaciones tecnológicas a las necesidades de transporte de la sociedad queretana; asimismo, será obligatorio el uso de energías renovables como estrategia para la reducción del impacto causado por las emisiones. La tarifa como cuota que pagan los usuarios por la prestación, se hará con base en el Índice Nacional de Precios al Consumidor, como indicador económico empleado para la medición. La creación de carriles confinados para uso exclusivo de transporte de servicio público colectivo abona a la mejora de la operación del transporte, tránsito y peatones, procurando prioritariamente a la seguridad y comodidad de los peatones. En otro punto del orden del día se aprobó el Dictamen que reforma la Ley que crea el Centro de Evaluación y Control de Confianza del Estado de Querétaro, Ley de Respeto Vecinal para el Estado de Querétaro y la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, presentado por la Comisión de Seguridad Pública y Protección Civil. En la primera, el director general del Centro de Evaluación y Control de Confianza, será designado por el titular del Poder Ejecutivo y su designación será por un periodo de seis años, pudiendo ser removido por falta grave. En la Ley de Respeto Vecinal, se llevará un registro de infractores definitivo que contendrá la información de las personas que hubieran sido sancionadas por la comisión de faltas administrativas, por lo que se adicionan algunas obligaciones, como enviar un informe diario de las novedades suscitadas; integrar los datos e información de las faltas administrativas en el registro de infractores, que contendrá la información de las personas que hubieran sido sancionadas por la comisión de faltas administrativas previstas en las disposiciones aplicables y la consulta a cargo de los Jueces Cívicos, será obligatoria, los datos estadísticos de este, serán utilizados para la instrumentación de programas de desarrollo social y prevención de adicciones, así como para establecer políticas públicas tendientes a preservar el orden y la tranquilidad pública. En la Ley Orgánica se adicionan fracciones para poder ser juez cívico, quien además de los requisitos ya establecidos, tendrá que contar con el título y cédula profesional de licenciado en Derecho y no haber sido sentenciado por delito doloso que merezca pena privativa de la libertad. La misma comisión presentó el Decreto por el que se reforma la Ley de Extinción de Dominio del Estado de Querétaro y de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Querétaro. La figura de la extinción de dominio permite declarar la pérdida de los derechos sobre bienes de personas físicas o morales a favor del Estado, vinculadas con la comisión de un hecho ilícito asociado a casos de delincuencia organizada, delitos contra la salud, secuestro, robo de vehículos y trata de personas. Por medio de esta figura, que también tiene por objeto introducir un régimen de excepción para combatir a la delincuencia organizada; asimismo este régimen de excepción debe aplicarse restrictivamente y, por tanto, no utilizarse de forma arbitraria para afectar a personas, propietarios o poseedores de buena fe. Por otra parte, las acciones encubiertas propuestas a cargo del personal de la Fiscalía General tienen como finalidad sustentar debidamente las investigaciones para ejercer las acciones legales procedentes para que los delitos no queden impunes. La Fiscalía General del Estado tiene a su cargo las acciones inherentes a consolidar el sistema estatal de seguridad y el derecho fundamental de los queretanos, considerando que conforme a la situación imperante en un momento determinado, el personal de la Fiscalía tienen conocimiento de todo lo relativo a los delitos, así como las dinámicas de su consumación y por tanto es justificado a partir de ese conocimiento establecer las medidas, políticas y operaciones que se deben realizar como parte de sus funciones, incluyendo las acciones encubiertas. Acto seguido, la Comisión de Seguridad Pública y Protección Civil, presentó el Dictamen de la Iniciativa de Decreto por el que se expide la Ley que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado, en lo referente con la Unidad Especializada en Búsqueda de Personas de la Fiscalía General del Estado, encargada de llevar a cabo las acciones enfocadas a la búsqueda y localización de las personas desaparecidas y no localizadas. La Fiscalía Especializada tendrá por objeto la investigación y persecución de los delitos de desaparición forzada de personas y la cometida por particulares, de conformidad con las disposiciones legales aplicables; además, tendrá las atribuciones previstas en la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y Sistema Nacional de Búsqueda de Personas y las demás establecidas en las disposiciones aplicables. Se coordinará con las autoridades y demás instancias públicas o privadas, impulsando permanentemente la búsqueda de personas desaparecidas o no localizadas. Contará con el personal y recursos necesarios para el cumplimiento de sus funciones, conforme a la suficiencia presupuestal autorizada y demás disposiciones aplicables. El Fiscal General realizará la designación y remoción del titular de la Fiscalía Especializada a que se refiere este Capítulo y el personal adscrito a deberá cumplir con los requisitos establecidos en las disposiciones aplicables. Por su parte, la Comisión de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Comunicaciones, aprobó el Dictamen de la Iniciativa que reforma el Código Urbano del Estado, referente a los condominios; una de las reformas consiste en que el desarrollador será responsable del mantenimiento y conservación del desarrollo inmobiliario, así como la prestación de servicios, en tanto se realiza la entrega y recepción de las obras de urbanización del mismo a la autoridad municipal correspondiente; asimismo, la unidad condominal podrá constituirse con independencia del número de edificios, plantas de cada edificio o construcción, número de casas, departamentos, pisos, locales, naves, lotes de terreno delimitados o lotes de terreno que integren cada uno de los condominios que forman el conjunto, y del tipo de condominios integrados; sin embargo, tratándose de condominios de uso habitacional, el número máximo de unidades privativas será de 240. En otro punto del orden del día, los diputados aprobaron el Dictamen de la Iniciativa de Ley que reforma diversos artículos del Código Urbano del Estado de Querétaro a fin de garantizar el libre desplazamiento de peatones, adultos mayores y ciclistas en las obras de urbanización de los diferentes Desarrollos Inmobiliarios; presentado por la Comisión de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Comunicaciones. Siendo el Código Urbano un ordenamiento que tiene por objeto establecer, entre otros aspectos, una adecuada distribución de la población y sus actividades en el territorio estatal, así como la regulación, planeación, fundación y consolidación de los centros de población y asentamientos humanos; las características de los distintos tipos de desarrollos inmobiliarios; así como las especificaciones generales para las obras de urbanización de los diferentes desarrollos inmobiliarios, se plantea reformar el referido ordenamiento con la finalidad de garantizar el libre desplazamiento de peatones, ciclistas; eliminando en su caso, las barreras arquitectónicas; y estableciendo que los desarrollos inmobiliarios cuenten con áreas destinadas a actividades, deportivas, de rampas para personas con discapacidad, así como infraestructura ciclística De igual manera, aprobaron en lo general el Dictamen de la Iniciativa de Ley que reforma y deroga diversas disposiciones de la Ley para la regularización de Asentamientos Humanos Irregulares, Predios Urbanos, Predios Rústicos, Predios Familiares y Predios Sociales del Estado de Querétaro; presentado por la Comisión de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Comunicaciones. Con estas reformas, se pretenden simplificar los trámites y procedimientos a realizar para los referidos efectos, lo que reducirá en gran medida los costos que deben erogar los beneficiarios de la misma; igualmente, se otorgarán facilidades para que la autoridad administrativa impulse, oriente y vigile el procedimiento respectivo, de tal manera que redunde en certeza jurídica para el gobernado. En su momento, el diputado Eric Salas González, formuló una reserva al contenido del dictamen, misma que también fue aprobada en lo particular, y que refiere lo siguiente: “A efecto que las reformas previstas por los artículos 41y 45 se supriman del dictamen aprobado en la comisión, y el contenido de dichos artículos quede en su literalidad de la ley vigente; asimismo no se adicione la fracción XIII al artículo 69 previsto en el dictamen en cuestión, teniendo congruencia con lo expuesto”. Asimismo, los legisladores aprobaron el Dictamen de la Iniciativa de Ley que reforma diversos artículos de la Ley de Obra Pública del Estado de Querétaro; presentado por la Comisión de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Comunicaciones; en los considerandos del dictamen, se destaca que se debe actualizar la norma jurídica, a fin de agilizar el procedimiento de adjudicaciones y con ello otorgar agilidad y certeza en la contratación de obra pública en todo el estado. En otro punto, los diputados aprobaron el Dictamen de la Solicitud de Acuerdo por el que la Quincuagésima Octava Legislatura del Estado de Querétaro exhorta al Titular del Poder Ejecutivo del Estado se establezcan partidas presupuestales destinadas al rubro de Desarrollo Turístico de Amealco de Bonfil, Qro.; presentado por la Comisión de Desarrollo Económico, Comercio y Turismo. La finalidad del mismo, es que a través del Secretario de Planeación y Finanzas y del secretario de Turismo del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, en base a la suficiencia presupuestal, se considere en el respectivo presupuesto de egresos, que se establezcan las partidas presupuestales destinadas al rubro de desarrollo turístico de la localidad de Amealco de Bonfil, Qro., aspirante a obtener el nombramiento de Pueblo Mágico, conforme a los lineamientos emitidos por la Secretaría de Turismo federal, siempre y cuando cuente con dicho nombramiento; con ello, se busca que el municipio de Amealco de Bonfil, Qro., sea considerado un lugar donde las raíces siguen vivas, con costumbres y tradiciones que llenan de orgullo a los queretanos por el patrimonio cultural que nos engrandece, configurado como la capital nacional de la muñeca artesanal, sumándose a los cinco pueblos mágicos con los que cuenta nuestro estado: Bernal, Cadereyta de Montes, Jalpan de Serra, Tequisquiapan y San Joaquín, contribuyendo así a generar una derrama que impulse el desarrollo económico de las familias del municipio. Luego de ello, dentro de la segunda Sesión de Pleno realizada este día por la LVIII Legislatura, se aprobaron en lo general los Dictámenes de las Solicitudes de Jubilaciones y Pensiones, presentados por la Comisión de Trabajo y Previsión Social. Al respecto, subió a tribuna el diputado Jesús Llamas, quien solicitó su aprobación, en reconocimiento a los años ofrecidos por los trabajadores al servicio del Estado y por tratarse de un derecho. Mientras que la diputada Daesy Hinojosa hizo uso de la voz para proponer una reserva a fin de modificar en cada dictamen los considerandos y los artículos resolutivos respectivos, con la finalidad de modificar el nombre, la antigüedad, los porcentajes, así como las cantidades que deberán percibir los trabajadores, de acuerdo con lo que se establece en la Ley de los Trabajadores del Estado en el tema de jubilación y pensiones por vejez. No obstante, al someterse a votación dicha reserva, en dos ocasiones seguidas, se registró un empate en la votación, con 12 votos a favor y 12 en contra, por lo que el presidente de la Mesa Directiva determinó que esta votación se pase para la próxima sesión de pleno, con fundamento en el artículo 77 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado. Acto seguido, se aprobó la Solicitud de licencia de la Magistrada Celia Maya García, para que durante el periodo comprendido del 26 de marzo al 14 de julio de 2018, se separe de su encargo como magistrada del Tribunal Superior de Justicia de Querétaro, sin goce de sueldo, y pueda contender en la elección del 1º de julio de 2018 por la Senaduría del Estado. Al término, se llevó a cabo la reunión de trabajo de la Comisión de Redacción y Estilo, con la asistencia de los diputados Carlos Manuel Vega de la Isla y Yolanda Josefina Rodríguez Otero, presidente y secretaria de la misma, respectivamente, en la que se aprobaron -con modificaciones- dictámenes abordados previamente en sesión de Pleno, a fin de que continúen el trámite legislativo para su publicación en el periódico oficial “La Sombra de Arteaga”.