En la sede del Poder Legislativo, se llevó a cabo Sesión de Pleno, en donde la Comisión de Hacienda presentó ante los diputados integrantes de la misma, el Decreto que modifica a su similar, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado “La Sombra de Arteaga” el 16 de junio de 2017, por el cual se autoriza al titular del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, a suscribir todos los instrumentos necesarios para la instalación y operación de un parque industrial en el perímetro del Aeropuerto Intercontinental de Querétaro. En dicho Decreto, tanto el Poder Ejecutivo como la empresa desarrolladora Advance Real Estate 2, S. de R.L. de C.V., participarían como fideicomitentes y como fideicomisarios.

No obstante, la empresa desarrolladora, en fecha 30 de abril de 2018, comunicó al Estado de Querétaro, a través de la Secretaría de Desarrollo Sustentable del Poder Ejecutivo, su intención de terminar su compromiso con el Estado, ya que tenía imposibilidad para continuar con el desarrollo del proyecto.

Ahora, es intensión del Poder Ejecutivo continuar con los procedimientos necesarios para llevar a cabo el desarrollo, construcción y operación del Parque Industrial, resultando prioritaria la suscripción del contrato de fidecomiso y los demás instrumentos legales correspondientes, en los términos autorizados por la Legislatura.

Por lo que la comisión dictaminadora propuso al Pleno, autorizar al titular del Poder para que, en nombre y representación del Estado, suscriba todos los instrumentos necesarios para el diseño, construcción, desarrollo y operación de un Parque Industrial en el Interior del perímetro del Aeropuerto Intercontinental de Querétaro, así como los demás instrumentos que se suscriban y deriven del mismo, incluido la creación de un fideicomiso público, en el cual tanto el Poder Ejecutivo como las empresas desarrolladoras, suscriban el Convenio de Adhesión al Contrato de Fideicomiso. Esta propuesta fue aprobada.

En otro punto del orden del día, la Comisión de Administración y Procuración de Justicia presentó el Dictamen de la Iniciativa de Decreto por el que se expide la Ley que deroga diversas disposiciones del Código Penal para el Estado, ya que corresponde exclusivamente a la Federación legislar en materia de secuestro y tortura, correspondiendo a las entidades federativas únicamente el conocimiento y resolución de ese delito, así como la ejecución de sus sanciones.

Por lo que, con la finalidad de atender a lo dispuesto por el orden constitucional, es precisa la derogación de las disposiciones correspondientes a los delitos de secuestro y de tortura en el Código Penal para el Estado, para la regulación y la actuación de la autoridad por cuanto ve a la materia y se sujete por completo a lo dispuesto en la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, a la Constitución Política federal y a la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, y que de esta manera se pueda garantizar a las personas la existencia de normas precisas y concretas respecto de los tipos penales en dichas materias, así como de las sanciones que se deriven de la comisión de dichos delitos, respetando en todo momento los principios de legalidad de la norma que convergen en el derecho a la seguridad jurídica de las personas.

De la misma manera, con la finalidad de respetar el principio de inalterabilidad y modificación de una sentencia exclusivamente a cargo de la autoridad jurisdiccional, es necesario se deroguen las disposiciones correspondientes a la figura del indulto contempladas en el Código Penal para el Estado, guardando de esta manera congruencia con lo establecido en el marco de lo dispuesto por la Ley Nacional de Ejecución Penal. Este dictamen fue aprobado por la totalidad del Pleno.

Acto seguido, se aprobó el Dictamen de la Iniciativa de Decreto por el que se expide la Ley que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Querétaro, presentado por la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, toda vez que resulta preciso ajustar el marco normativo dispuesto por la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado, por cuanto ve al ámbito de actuación que se establece para la Fiscalía Especializada en el Combate a la Corrupción, procurando así salvaguardar el derecho a la seguridad jurídica y en atención al principio de legalidad que debe prevalecer en todo Estado de Derecho.

Asimismo, se adecúa el contenido de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado, con miras a procurar la generación un plano de congruencia normativa entre lo dispuesto por la misma y lo establecido en por las leyes generales con la finalidad de dotar de certeza jurídica la actuación de los servidores públicos que llevan a cabo funciones en ejercicio de la competencia que les confieren las disposiciones aplicables en diversas materias

Por otra parte, la Comisión de Planeación y Presupuesto presentaron el Dictamen que reforma diversas disposiciones de la Ley para el Manejo de los Recursos Públicos y de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado, toda vez que el 11 de mayo del presente año se publicó la Ley General de Comunicación Social, la cual tiene por objeto establecer las normas a que deberán sujetarse los entes públicos para garantizar que el gasto en comunicación social cumpla con los criterios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, y respete los topes presupuestales, límites y condiciones de ejercicio que establezcan los presupuestos de egresos respectivos.

Por lo que en la entidad, la propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social que difundan los sujetos de la ley, así como los informes anuales de labores o de gestión que dichos sujetos realicen, estarán a lo previsto en las disposiciones constitucionales y legales que en la materia resulten aplicables.

Por otra parte, la Coordinación de Comunicación Social, fungirá como la Secretaría Administradora del Poder Ejecutivo y sus entidades, para efectos de lo dispuesto en la Ley General de Comunicación Social, debiendo cumplir con las obligaciones que con ese carácter le impone dicho ordenamiento legal. Asimismo, le corresponderá difundir la información y presentar los informes.

Asimismo, a la Secretaría de la Contraloría le corresponde intervenir en toda clase de juicios, investigaciones o procedimientos ante los Tribunales Federales y Locales que le competan; y administrar el Sistema Público a que se refiere la Ley General de Comunicación Social, mediante el cual se registra y da seguimiento a las erogaciones que realicen las dependencias del Poder Ejecutivo y sus entidades, así como emitir los lineamientos y demás disposiciones de carácter general relativas al sistema referido. Este dictamen también fue aprobado.

Los legisladores también aprobaron el Dictamen de la Comisión de Hacienda, referente a la “Iniciativa de Ley que adiciona el artículo 29 bis y 29 ter, de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Querétaro”, la cual tiene como finalidad regular la figura de contratación, como un elemento necesario para hacer eficiente la adquisición de bienes por parte de las entidades públicas, que son los “contratos abiertos”, “contratos de suministro” o contratación directa, atendiendo las condiciones que establece la propia Ley en la materia, a fin de garantizar la mejor propuesta y se traduzca en un beneficios en las finanzas de los entes públicos del Estado. Con ello se dotan las herramientas legales que permitan el uso de la contratación de bienes en forma diferida en el tiempo, a fin de estandarizar los criterios y aplicación del uso de la figura de suministro, bajo los principios de certeza, eficiencia y eficacia que deben de atenderse.

Por otra parte, fue aprobado en sentido de rechazo el Dictamen de la Comisión de Hacienda de la iniciativa de “Solicitud de desincorporación del patrimonio municipal de bienes inmuebles gravados a favor de la C. Ma. Teresa de los Ángeles Lozada Farías, para dar cumplimiento a la sentencia definitiva dictada en autos del expediente 1501/2013 radicado en el Juzgado Primero de Primera Instancia Civil del Partido Judicial de San Juan del Río, Qro. El rechazo obedece a que no se satisfacen los requisitos y finalidades que establece la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Querétaro

Los legisladores igualmente aprobaron el Dictamen de la Comisión de Hacienda respecto a la iniciativa de “Decreto que autoriza al titular del Poder Ejecutivo del Estado, a desincorporar y enajenar a título gratuito, los derechos de copropiedad que tiene el Estado de Querétaro, respecto del inmueble que en él se describe, ubicado en el municipio de Pedro Escobedo a favor del Centro de Investigación y Desarrollo Tecnológico en Electroquímica, S.C. (CIDETEQ)”. Este inmueble deberá ser destinado por el CIDETEQ para el cumplimiento de sus objetivos, como la instalación de laboratorios dedicados a la investigación y servicios tecnológicos para los clúster automotriz y aeronáutico, a fin de dar continuidad a los proyectos de dichos Centro. Para ello tendrá un plazo de 4 años, de no ser así, si lo dejaran de utilizar o le dieran un uso distinto, los derechos de copropiedad del mismo se dará efecto retroactivo, con todas sus mejores y accesorios.

Para finalizar aprobaron el Dictamen de la Comisión de Hacienda, en torno a la Iniciativa de “Solicitud de autorización para la desincorporación del patrimonio municipal del inmueble ubicado en Av. Universidad 168, Conjunto Habitacional Tomasita, en San Juan del Río, Qro., identificado con la clave catastral 160100111060003, para ser trasmitido mediante donación a título gratuito a favor de Cruz Roja I. A. P. para que en él construyan una base de operaciones”. El objetivo es que dicho inmueble se destine a la Construcción de una nueva Base de la Cruz Roja Mexicana, que permita dar respuesta de mayor calidad a las necesidades y exigencias de la sociedad de San Juan del Río y sus alrededores, con el objeto de ampliar los servicios y cobertura de atención pre-hospitalaria.

IMG_4383 IMG_4484 IMG_4532